MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 742-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2017
VISTO el Expediente Nº 1.706.027/16 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la
Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 19.549 y su
Decreto Reglamentario Nº 1759/72, la RESOL-2016-841 -E -APN-SECT#MT, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la RESOL-2016-841 -E -APN-SECT#MT, cuya copia fiel luce a
fojas 27 y 27 vta. del Expediente de referencia, se declaró homologado
el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente N° 1.706.027/16 celebrado
entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA
ENERGÍA ELÉCTRICA (A.P.U.A.Y.E.), por el sector sindical y la empresa
NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, por el sector empresario.
Que se ha advertido un error material en el segundo considerando de la
citada Resolución, consignándose erróneamente el artículo del Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 692/05 “E” que los agentes
negociales convinieron modificar.
Que en efecto, en donde se refiere al artículo N° 70 del Colectivo de
Trabajo de Empresa referido ut -supra, debió decir artículo 72.
Que con el fin de subsanar el precitado error involuntario y a fin de
evitar futuras confusiones, corresponde emitir el pertinente acto
administrativo, adecuando el texto del considerando segundo de dicha
Resolución.
Que a los fines expuestos se pone de relieve que la enmienda a
efectuarse no altera en lo sustancial el acto administrativo
oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.
Que la ratificatoria de errores materiales resulta plenamente viable,
conforme a las prescripciones del Artículo 101 del Decreto N° 1759/72,
reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, en
los términos del cual se dicta el presente.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase el considerando segundo de la
RESOL-2016-841-E-APN-SECT#MT, el que quedará redactado en los
siguientes términos: “Que bajo dicho acuerdo las partes precitadas
incrementan el monto de la Bonificación establecida en el Artículo 72
del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 692/05 “E”, en los
términos y conforme los lineamientos allí estipulados.”.
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y
Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN.
Cumplido pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el
Departamento Coordinación tome razón del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES
UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA ELÉCTRICA (A.P.U.A.Y.E.), por el
sector sindical y la empresa NUCLEOELECTRICA ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, por el sector empresario. Cumplido, procédase a la guarda
conjuntamente con la RESOL-2016-841 -E -APN-SECT#MT.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ezequiel Sabor.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 15/09/2017 N° 67624/17 v. 15/09/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)