MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Resolución 820-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2017

VISTO el Expediente N° EX-2016-02609829-APN-DDYME#MEM, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución N° 420 de fecha 16 de noviembre de 2016 de esta Secretaría, se convocó a interesados en desarrollar integralmente proyectos de infraestructura eléctrica que contribuyan a la reducción de costos en el MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) y al aumento de la confiabilidad en el Sistema Eléctrico Argentino, a manifestar su interés mediante la presentación del anteproyecto correspondiente.

Que la importante respuesta a dicha convocatoria evidenció el interés de los agentes privados en invertir en el desarrollo de diferentes proyectos.

Que, en tal marco, se consideró conveniente y oportuno iniciar los procesos de selección mediante la convocatoria abierta a presentar ofertas de generación de energía eléctrica que representen el menor requerimiento de combustibles para el sistema, tales como instalaciones que cierren procesos abiertos en ciclos combinados y sistemas de cogeneración (electricidad – calor), lo que fuera dispuesto a través de la Resolución N° 287 de fecha 10 de mayo de 2017 de esta Secretaría.

Que, con sujeción al Pliego de Bases y Condiciones (IF-2017-08119339-APN-SECEE#MEM) aprobado por esta Secretaría y publicado por el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), se recibieron ofertas de venta de energía eléctrica que implican instalar, con inversión exclusivamente privada, un total adicional de aproximadamente 4.600 MW de capacidad de generación.

Que a través de la Nota N° N0-2017-18201747-APN-SECEE#MEM de fecha 25 de agosto de 2017 de esta Secretaría, se comunicaron las ofertas admitidas por cumplir los requisitos técnicos y jurídico-formales exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones de la Convocatoria.

Que el acto de apertura del sobre de ofertas económicas de los TREINTA Y DOS (32) proyectos considerados admisibles tuvo lugar el 30 de agosto de 2017, incluyendo, entre ellos, cierres de Ciclo Combinado y Cogeneración.

Que las ofertas admitidas se ordenaron teniendo en consideración los criterios manifestados oportunamente por la referida Resolución Nº 287/2017 de esta Secretaría.

Que mediante la Nota CAMMESA Nº B-119252-1 de fecha 21 de septiembre de 2017, el OED elevó a esta Secretaría su análisis de las ofertas admitidas, incluyendo – con el fin de asegurar una minimización de costos – la consideración de la situación de abastecimiento de gas natural a las centrales de acuerdo a los antecedentes operativos del sistema y ponderando para cada abastecimiento de gas natural diferentes hipótesis de confiabilidad de las ofertas, de acuerdo a los antecedentes disponibles, conforme le fuera requerido a dicho Organismo por la referida Nota N° N0-2017-18201747-APN-SECEE#MEM.

Que del análisis efectuado se concluyó en diferentes órdenes de mérito según la disponibilidad de gas considerada.

Que, en tal sentido, y con carácter general, los proyectos de cierre de ciclo han consistido en ofertas cuyos precios no resultan convenientes o poseen comportamientos operativos no esperados para un cierre de tal tipo.

Que conforme los resultados obtenidos en el análisis efectuado y la identificación de las ofertas de mejor relación beneficio/costo, se considera oportuno y conveniente autorizar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a concretar la suscripción de los Contratos de Demanda Mayorista (CdD), con cada una de las empresas cuya oferta se detalla en el Anexo (IF-2017-21616772-APN-SSETTDEE#MEM) que forma parte integrante de la presente medida.

Que, por otra parte, entre las ofertas no seleccionadas surgen ciertas características positivas, no obstante lo cual, algunas desmejoran sensiblemente su evaluación considerando distintos escenarios de despacho con gas natural, escenarios en los cuales se incrementa la oferta competitiva y económica del citado combustible, siendo que dicho incremento se proyecta como resultado de la aplicación de la actual Política Nacional, que tiene por objetivo general la sustitución de combustibles líquidos y, en particular, el reemplazo de los mencionados combustibles en la generación de energía eléctrica.

Que en razón de lo expuesto, se entiende conveniente invitar a las ofertas consideradas admisibles por Nota N° N0-2017-18201747-APN-SECEE#MEM que no están incluidas en el Anexo (IF-2017-21616772- APNSSETTDEE#MEM) a la presente resolución, a una mejora de las ofertas a fin de verificar el orden de mérito para una eventual contratación adicional en tanto se atienda a mejorar la relación beneficio/costo para diversos escenarios de incremento del gas disponible.

Que teniendo en cuenta que en el Proyecto de Presupuesto para el Ejercicio 2018, elevado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en fecha 14 de septiembre de 2017, se han incluido determinadas obras de transporte en Alta Tensión (Planilla Anexa al artículo 59 del mencionado proyecto), no se considerarán restricciones de transporte en el marco de la convocatoria a mejora de ofertas. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA TÉRMICA, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por los artículos 35 y 36 dela Ley N° 24.065, el artículo 84 de su Decreto Reglamentario N° 1.398 de fecha 11 de agosto de 1992, el artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones y el artículo 11 de la Resolución N° 6 de fecha 25 de enero de 2016 de este Ministerio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a la suscripción de los Contratos de Demanda Mayorista (CdD), con cada una las empresas cuya oferta se incluye en el listado que, como Anexo (IF-2017-21616772-APN-SSETTDEE#MEM) forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- CAMMESA invitará a los titulares de las ofertas admitidas por la Nota N° N0-2017-18201747-APN-SECEE#MEM de fecha 25 de agosto de 2017 de esta Secretaría, por cumplir los requisitos técnicos y jurídico-formales exigidos, y que no se encuentren incluidas en el Anexo (IF-2017-21616772- APN-SSETTDEE#MEM) a la presente medida, a presentar una mejora de ofertas que, al menos, atienda a mejorar la relación beneficio-costo para los diversos escenarios de gas disponible, escenarios que se relacionen con la política declarada e implementada por el Gobierno Nacional, política que tiene por objetivo general incrementar la oferta de gas natural económica y competitiva que tienda a sustituir los consumos de combustibles líquidos alternativos en la generación de energía eléctrica.

Se establece el 6 de octubre de 2017 como fecha límite para la presentación de las ofertas mejoradas y el 13 de octubre de 2017 para que el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) eleve su análisis a esta Secretaría.

En la evaluación no se considerarán restricciones de transporte para las ofertas habilitadas conforme el presente acto. Se deberá verificar la capacidad disponible en PUNTO DE INTERCONEXIÓN (PDI) y límites intermedios.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese la presente medida a CAMMESA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Valerio Sruoga.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 26/09/2017 N° 72311/17 v. 26/09/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)