INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
Resolución 335/2017
Posadas, Misiones, 21/09/2017
VISTO: El Expte. N° 5669/17 reg. INYM, las Resoluciones INYM N° 061/17 y N° 0241/17; y,
CONSIDERANDO:
QUE, el Art. 3° de la Resolución N° 061/17 reg. del INYM, ha fijado el
día 31 de Julio de 2017 como fecha tope hasta la cuál las Entidades y
Asociaciones mencionadas en los incs. d), e), f), g) y h) del Art. 6°
de la Ley N° 25.564, podían inscribirse o actualizar documentación en
el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la
designación de Directores del INYM”, a los fines de participar en la
próxima elección de las autoridades mencionadas.
QUE, por solicitudes de Representantes de diferentes sectores, se ha
aprobado una prórroga al plazo fijado en la mencionada Resolución
considerando que algunas entidades han sufrido inconvenientes para
reunir la documentación solicitada en tiempo y forma.
QUE, por Resolución INYM N° 0241/17, se ha establecido una prórroga
hasta el día 30 de Septiembre de 2017, como fecha límite para la
inscripción de las Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para
la designación de Directores del INYM.
QUE, el representante del sector productivo ha requerido nuevamente en
reunión de Directorio una solicitud de prórroga, fundado en
inconvenientes manifestadas por entidades del sector para reunir la
documentación solicitada en tiempo y forma.
QUE, en todo proceso democrático de toma de decisiones, debe asegurarse
la mayor participación posible de propuestas, ideas e intereses,
promoviendo la intervención efectiva en el debate de todos los sectores
a quiénes afectarán las decisiones adoptadas.
QUE, el pedido formulado por los representantes de la diferentes
Entidades, es consistente con el principio mencionado precedentemente.
QUE, en tal sentido conforme lo establecido en el Art. 24 del Estatuto
del INYM, el Directorio somete a votación la posibilidad de otorgar
una, prórroga del plazo establecido por Resolución N° 0241/17,
aprobándose la misma hasta el día 31 de Octubre del corriente año 2017.
QUE, la extensión del plazo de convocatoria otorgado a las entidades,
en nada obstaculiza el normal recambio en tiempo y forma de los
representantes de los sectores privados del Instituto.
QUE, este Directorio considera procedente hacer lugar a la solicitud de
formulada, por lo que corresponde dictar el instrumento legal
correspondiente.
POR ELLO,
EL DIRECTORIO DEL INYM
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- ESTABLECESE la prórroga del plazo de convocatoria
establecido en el Art. 1° de la Resolución INYM N° 0241/175, fijándose
como nueva fecha límite el día 31 de Octubre de 2017, a los efectos de
la inscripción o actualización según correspondiere de antecedentes en
el “Registro de Entidades y Asociaciones Privadas habilitadas para la
designación de Directores del INYM”.-
ARTÍCULO 2°.- PUBLIQUESE la presente Resolución en el Boletín Oficial
de la República Argentina y en medios de publicación masiva, por el
término de un (1) día, a los fines del correcto conocimiento de los
interesados.-
ARTÍCULO 3°.- REGISTRESE, Notifíquese. Cumplido, ARCHIVESE. — Alberto
Tomás Re, Presidente. — Juan C. D. Mitrowicz, Director. — Ramon
Rodriguez, Director. — Jeronimo Raul R. Lagier, Director. — Koch Danis,
Director. — Luis Sandro Sosa, Director. — Jorge E. E. Haddad, Director.
— Ramiro López, Director. — Carlos Guillermo Roussillon, Director. —
Esteban Fridlmeier, Director. — Ruben Henrikson, Director.
e. 27/09/2017 N° 72003/17 v. 27/09/2017