Resolución 262-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 18/09/2017
VISTO el Expediente EX-2017-04976136-APN-DMEYD#AABE, los Decretos Nros.
1.382 del 9 de agosto de 2012, 1.416 del 18 de septiembre de 2013,
2.670 del 1 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la presentación
efectuada por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES (APN), ente
autárquico en la órbita del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE tendiente a la asignación en uso del inmueble propiedad del
ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ubicado en Ruta 258 – Km. 21.070, de la Localidad de
VILLA MASCARDI, Departamento de SAN CARLOS DE BARILOCHE, Provincia de
RÍO NEGRO, identificado catastralmente como Departamento
19-Circunscripción 7- Sección A- Quinta 11- Parcela 14, correspondiente
al CIE: 62-0000733-4, con una superficie de terreno total a ceder de
TRECE MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (13.427 m2), según
se detalla en el Croquis que como ANEXO (IF-2017-16793731-APN-
DIYRI#AABE) forma parte integrante de la presente medida.
Que la solicitud referida en el considerando precedente tiene por
objeto destinar el inmueble a la instalación de la nueva Escuela de
Guardaparques, a los fines de desarrollar las actividades inherentes de
esa Administración.
Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el ámbito de
esta Agencia, con el objeto de verificar las condiciones de ocupación
del inmueble en cuestión, surge que el mismo se encuentra desocupado.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382/12 se creó la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en
el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO tiene entre sus
objetivos asignados por el citado Decreto Nº 1.382/12, la ejecución de
las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y
administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso,
concesionados y desafectados, la gestión de la información del REGISTRO
NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO, su evaluación y contralor, la
fiscalización permanente de la actividad inmobiliaria estatal y la
intervención en toda operación inmobiliaria de la totalidad de las
Jurisdicciones y Entidades que conforman el SECTOR PÚBLICO NACIONAL.
Que el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 y el artículo 23 del Anexo
del Decreto Nº 2.670/15, establecen que la asignación y transferencia
de uso de inmuebles de propiedad del ESTADO NACIONAL a todo organismo
integrante del Sector Público Nacional en los términos del Artículo 8º
de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y Sistemas de Control
del Sector Público Nacional y sus modificaciones, así como a
Universidades Nacionales, serán dispuestas por resolución de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que asimismo, el citado artículo 23 del Anexo del Decreto Nº 2.670/15
dispone que los organismos de revista cursarán los pedidos de
asignación o transferencia de uso de inmuebles por ante la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, la cual efectuará los estudios de
factibilidad, previa fiscalización conforme los incisos 5 y 6 del
artículo 8° del Decreto N° 1.382/12 y su modificatorio. Luego de
efectuados los estudios de factibilidad se comunicará al organismo
solicitante, el rechazo de su pedido o, en su caso, se dispondrá la
asignación en uso, registrándose a tal efecto el cambio de Jurisdicción
o Entidad.
Que en consecuencia, resulta procedente asignar en uso al MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES (APN) el inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL, en
jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO,
ubicado en la Ruta 258 – Km. 21.070, de la Localidad de VILLA MASCARDI,
Departamento de SAN CARLOS DE BARILOCHE, Provincia de RÍO NEGRO,
identificado catastralmente como Departamento 19- Circunscripción 7-
Sección A- Quinta 11- Parcela 14, correspondiente al CIE: 62-0000733-4,
con una superficie de terreno total a ceder de TRECE MIL CUATROCIENTOS
VEINTISIETE METROS CUADRADOS (13.427,00 m2), según se detalla en el
Croquis que como ANEXO (IF-2017-16793731-APN-DIYRI#AABE) forma parte
integrante de la presente medida, con el objeto de destinarlo a la
instalación de la nueva Escuela de Guardaparques, a los fines de
desarrollar las actividades inherentes de esa Administración.
Que la presente medida se enmarca en la decisión política del PODER
EJECUTIVO NACIONAL de hacer prevalecer el proceso de preservación del
patrimonio inmobiliario estatal y la racionalización del espacio físico
del mismo, con vista a su mejor aprovechamiento y utilización,
destinando la afectación de los bienes inmuebles estatales a la
planificación, desarrollo y ejecución de políticas públicas.
Que asimismo, el artículo 5º del Decreto Nº 1.416/13 establece que
todas las transferencias o asignaciones de uso de inmuebles de
propiedad del ESTADO NACIONAL deberán ser comunicadas en un plazo de
CINCO (5) días hábiles contados a partir del dictado de la resolución
que así lo disponga, a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA, para su correspondiente registro.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.
Por ello,
EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE - ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES (APN) el inmueble
propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ubicado en la Ruta 258 – Km.
21.070, de la Localidad de VILLA MASCARDI, Departamento de SAN CARLOS
DE BARILOCHE, Provincia de RÍO NEGRO, identificado catastralmente como
Departamento 19- Circunscripción 7- Sección A- Quinta 11- Parcela 14,
correspondiente al CIE: 62-0000733-4, con una superficie de TRECE MIL
CUATROCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (13.427 m2), según se
detalla en el Croquis que como ANEXO (IF-2017-16793731-APN-DIYRI#AABE)
forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de
destinarlo a la instalación de la nueva Escuela de Guardaparques, a los
fines de desarrollar las actividades inherentes de esa Administración.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE y a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES (APN).
ARTÍCULO 4º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la
CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE
HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ramon Maria Lanus. — Pedro Villanueva.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 27/09/2017 N° 72027/17 v. 27/09/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)