MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 54/2017
Buenos Aires, 17/08/2017
VISTO el Expediente N° 1-2015-1.761.746/2017 del Registro del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la Resolución de la
Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 236 de fecha 26 de diciembre de
2016 y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente los representantes sectoriales expresaron
la necesidad de efectuar la suspensión de los efectos jurídicos de la
Resolución CNTA N° 236/16, con el objeto de llevar a cabo un análisis
pormenorizado de la realidad de la actividad ARANDANERA, en el ámbito
de todo el país.
Que analizados los antecedentes respectivos en el citado expediente y
habiendo coincidido las distintas representaciones en cuanto al planteo
realizado, corresponde proceder a la suspensión de los efectos
jurídicos de la citada Resolución.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Suspéndanse por el plazo de UN (1) año los efectos
jurídicos de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario
N° 236/16.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire,
Presidenta. — Hugo Ezio Ernesto Rossi, Rep. Ministerio de
Agroindustria. — María Laura Rivas Piasentini, Rep. Ministerio de
Hacienda. — Abel Francisco Guerrieri, Rep. Sociedad Rural Argentina. —
Alberto Francisco Frola, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. —
Jorge Alberto Herrera, Representante UATRE. — Hugo Gil, Representante
UATRE.
e. 28/09/2017 N° 72060/17 v. 28/09/2017