MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Resolución 54/2017

Buenos Aires, 17/08/2017

VISTO el Expediente N° 1-2015-1.761.746/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 236 de fecha 26 de diciembre de 2016 y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente los representantes sectoriales expresaron la necesidad de efectuar la suspensión de los efectos jurídicos de la Resolución CNTA N° 236/16, con el objeto de llevar a cabo un análisis pormenorizado de la realidad de la actividad ARANDANERA, en el ámbito de todo el país.

Que analizados los antecedentes respectivos en el citado expediente y habiendo coincidido las distintas representaciones en cuanto al planteo realizado, corresponde proceder a la suspensión de los efectos jurídicos de la citada Resolución.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Suspéndanse por el plazo de UN (1) año los efectos jurídicos de la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 236/16.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire, Presidenta. — Hugo Ezio Ernesto Rossi, Rep. Ministerio de Agroindustria. — María Laura Rivas Piasentini, Rep. Ministerio de Hacienda. — Abel Francisco Guerrieri, Rep. Sociedad Rural Argentina. — Alberto Francisco Frola, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Jorge Alberto Herrera, Representante UATRE. — Hugo Gil, Representante UATRE.

e. 28/09/2017 N° 72060/17 v. 28/09/2017