MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 77/2017
Buenos Aires, 21/09/2017
VISTO el Expediente N° 1-2015-1770876/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que en el citado expediente obra una presentación de la UNIÓN ARGENTINA
DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES, referida a la determinación de
remuneraciones mínimas y condiciones de trabajo para los trabajadores
que desempeñan de manera exclusiva en tareas de APLICACIÓN DE PRODUCTOS
FITOSANITARIOS, en el ámbito de todo el país.
Que analizados los antecedentes respectivos y no habiendo coincidido
los representantes sectoriales en cuanto a la instauración de
condiciones de trabajo, debió procederse a su determinación, en función
de la voluntad mayoritaria expresada a través del voto de las
respectivas representaciones.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Fíjense las condiciones laborales para los trabajadores
que de manera exclusiva desempeñan tareas de APLICACIÓN DE PRODUCTOS
FITOSANITARIOS, en el ámbito de todo el país, conforme se consigna en
el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2017.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Silvia Julia Squire,
Presidenta. — Santiago Allovero, Presidente Alterno. — Abel Francisco
Guerrieri, Representante Sociedad Rural Argentina. — Alberto Francisco
Frola, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Pablo Miguel
Ansaloni, Representante UATRE. — Jorge Alberto Herrera, Representante
UATRE.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 28/09/2017 N° 72090/17 v. 28/09/2017
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)