ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 730-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2017

VISTO el Expediente N° ANC:0025789/2017 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL y el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por medio de la Disposición N° 39 de fecha 21 de mayo de 2007 del ex COMANDO DE REGIONES AÉREAS entonces dependiente de la FUERZA AÉREA ARGENTINA se aprobaron las normas que regulan el “Trámite, Uso y Control de Credenciales Operativas Vehiculares”.

Que por conducto de la Resolución N° 380 de fecha 6 de junio de 2014 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) se aprobaron los cuadros arancelarios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS y del CENTRO DE INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO y EXPERIMENTACIÓN, todas dependientes de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que mediante las Resoluciones ANAC Números 926 de fecha 17 de noviembre de 2015 y 457 de fecha 22 de junio de 2016, se aprobó el cuadro arancelario para el Registro de Vehículos Aéreos No Tripulados.

Que finalmente y por medio de la Resolución ANAC N° 446 de fecha 24 de junio de 2016 se establecieron los aranceles de actuación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que el número de actos administrativos elaborados para la fijación de aranceles aconseja, a los efectos de un mejor ordenamiento administrativo, el compendio del listado completo en un solo texto.

Que resulta evidente la necesidad de ajustar el monto de ciertos aranceles, en virtud del incremento de los costos asociados a cada uno de ellos, lo que provoca que sus valores hayan devenido inadecuados.

Que han tomado intervención la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRANSPORTE AÉREO, la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA y la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, todas ellas de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Revócase la Disposición Nº 39 de fecha 21 de mayo de 2007 del ex COMANDO DE REGIONES AÉREAS entonces dependiente de la FUERZA AÉREA ARGENTINA “Trámite, Uso y Control de Credenciales Operativas Vehiculares”; la Resolución Nº 380 de fecha 06 de junio de 2014 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL “Cuadro Arancelario de las Direcciones Operativas”; la Resolución Nº 926 de fecha 12 de noviembre de 2015 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL “Certificados e informes de Vehículos Aéreos No Tripulados”; la Resolución Nº 446 de fecha 16 de junio de 2016 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL “Cuadro Arancelario de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA”; la Resolución Nº 457 de fecha 22 de junio de 2016 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL “Cuadro Arancelario de los Vehículos Aéreos No Tripulados”; y la Circular de Información Aeronáutica A3 de fecha 12 de agosto de 2016 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL “Novedades del Listado de Precios de Cartas y Publicaciones Aeronáuticas”.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el nuevo cuadro arancelario de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL, dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, que como Anexo GDE (IF-2017-19273729-APN-DGLTYA#ANAC) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el nuevo cuadro arancelario de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS, dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, que como Anexo GDE (IF-2017-16517438-APN-DGLTYA#ANAC) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Apruébase el Nuevo cuadro arancelario de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INSPECCIÓN DE NAVEGACIÓN AÉREA (DNINA), de la ANAC, que como Anexo GDE (IF-2018-32038478-APN-DNINA#ANAC) forma parte de la presente medida.

(Artículo sustituido por art. 2° de la Resolución N° 653/2018 de la Administración Nacional de Aviación Civil B.O. 4/9/2018. NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gov.ar)

ARTÍCULO 5°.- Apruébase el nuevo cuadro arancelario de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, que como Anexo GDE (IF-2017-16519316-APN-DGLTYA#ANAC) forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 6°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día 1 de octubre del corriente año.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase mediante la página www.anac.gob.ar, en la Sección Personal Aeronáutico / Tasas Arancelarias y archívese — Juan Pedro Irigoin.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar (Seccion Personal Aeronautico/Tasa arancelaria)

e. 29/09/2017 N° 73024/17 v. 29/09/2017

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")