ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 731-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2017
VISTO el Expediente N° ANC:0035707/2017 del Registro de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, el Decreto N° 1.770 de fecha
29 de noviembre de 2007, y las Resoluciones de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL números. 380 de fecha 6 de junio de 2014 y
69 de fecha 6 de febrero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el CENTRO DE INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN,
dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, posee
vasta trayectoria en el dictado de cursos relacionados con la actividad
aeroportuaria, manteniendo en consecuencia una infraestructura acorde a
las exigencias impuestas por la normativa nacional e internacional.
Que el CENTRO DE INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN,
dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL se
encuentra en un proceso de actualización de contenidos de los diversos
cursos que desarrolla de acuerdo a estándares nacionales e
internacionales.
Que resulta imprescindible adaptar los aranceles percibidos en concepto
de dictado de cursos, tanto en Pesos Argentinos como en Dólares
Estadounidenses que brinda el mencionado Centro.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL
DE AVIACIÓN CIVIL, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Revócase la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL N° 69 de fecha 6 de febrero de 2017.
ARTÍCULO 2° - Apruébase el nuevo cuadro arancelario del CENTRO DE
INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN, dependiente de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, que como Anexo GDE
(IF-2017-21450894-APN-DGLTYA#ANAC) forma parte de la presente medida.
ARTÍCULO 3° - Autorízase el otorgamiento de becas por cursos que brinda
el CENTRO DE INSTRUCCIÓN, PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN,
dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, según el
Cuadro del Punto C.P.4 “Becas - Porcentaje de Descuento” del Anexo GDE
(IF-2017-21450894-APN-DGLTYA#ANAC) que forma parte de la presente
medida.
ARTÍCULO 4° - Facúltese al Director del CENTRO DE INSTRUCCIÓN,
PERFECCIONAMIENTO Y EXPERIMENTACIÓN, dependiente de la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, a disponer la modificación de los aranceles
para atención de los siguientes requerimientos particulares:
a) Becas para cursantes.
b) Presupuestos acordados por trabajos especiales y/o arrendamiento de las instalaciones por tiempo prolongado.
ARTÍCULO 5°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día 1 de octubre del corriente año.
ARTÍCULO 6° - Regístrese, comuníquese, incorpórense los presentes
aranceles al cuadro tarifario correspondiente a la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación, y archívese. — Juan Pedro Irigoin.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar (Seccion
Personal Aeronautico)
e. 29/09/2017 N° 73039/17 v. 29/09/2017