MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 757-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2017
VISTO el Expediente N° 1-4341-2202-2009 del Registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 26.377, el Decreto N°
1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE
SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de fecha 1° de septiembre de 2010, la Resolución
del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 261 de fecha 27
de mayo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08 facultó a
las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las
entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente
representativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DE
TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE—, a celebrar entre sí
Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.
Que el Decreto N° 1.370/08 estableció la competencia de la SECRETARÍA
DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD
SOCIAL, para los casos de homologación de los convenios celebrados en
el marco de la Ley N° 26.377.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de
fecha 1° de septiembre de 2010, se homologó, con los alcances previstos
en la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08, el Convenio
celebrado entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y
ESTIBADORES (UATRE), y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL
CHACO.
Que en razón de la experiencia surgida a partir del sexto ciclo de
vigencia del citado Convenio de Corresponsabilidad Gremial, las partes
han propuesto modificaciones al Convenio tendientes a mejorar su
operatividad, habiendo sido consensuados sus términos en sucesivas
reuniones técnicas de comisión de seguimiento, dentro el marco
dispuesto por la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08.
Que a fojas 374/375 consta nota de fecha 1° de noviembre de 2016, N°
NO-2016-02808560-APN-DCII#MA, suscripta por el representante del Fondo
Especial del Tabaco (FET) Sr. Marcelo Claudio VIEGAS CALÇADA, mediante
la cual manifiesta la toma de conocimiento y conformidad a la
suscripción de la adenda, la cual se agrega como anexo a la presente.
Que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) han tomado la
intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le
compete.
Que mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL N° 261 de fecha 27 de mayo de 2016, se acepta la excusación
presentada por el Secretario de Seguridad Social, Señor Juan Carlos
PAULUCCI MALVIS, para intervenir en las actuaciones en las que sean
parte la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE)
y la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (OSPRERA), en las que pudiera corresponder su intervención en
tal carácter, siendo encomendado el Señor Secretario de Trabajo para
intervenir en todas las actuaciones en las que sean parte las entidades
antes mencionadas.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el artículo 5° de la Ley N° 26.377, el Decreto N° 1.370/08 y la
Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N°
261/16.
Por ello,
EL SEÑOR SECRETARIO DE TRABAJO POR EXCUSACIÓN DEL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Homológase la Adenda suscripta el 2 de septiembre de 2016
al Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la UNIÓN
ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la
COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO, homologado por la
Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de fecha 1° de
septiembre de 2010, que como Anexo IF-2017-20447508-APN-SSPSS#MT y
Anexo IF-2017-20447784-APN-SSPSS#MT forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndese a la Dirección Nacional de los Regímenes de
la Seguridad Social a elaborar el texto ordenado del Convenio de
Corresponsabilidad Gremial homologado por la Resolución de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de fecha 1° de septiembre de 2010.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archivese. — Horacio Bernardino Pitrau.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 29/09/2017 N° 72850/17 v. 29/09/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)