MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 757-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2017

VISTO el Expediente N° 1-4341-2202-2009 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 26.377, el Decreto N° 1.370 de fecha 25 de agosto de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de fecha 1° de septiembre de 2010, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 261 de fecha 27 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08 facultó a las asociaciones de trabajadores rurales con personería gremial y las entidades empresarias de la actividad rural, suficientemente representativas, sean o no integrantes del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES —RENATRE—, a celebrar entre sí Convenios de Corresponsabilidad Gremial en materia de Seguridad Social.

Que el Decreto N° 1.370/08 estableció la competencia de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, para los casos de homologación de los convenios celebrados en el marco de la Ley N° 26.377.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de fecha 1° de septiembre de 2010, se homologó, con los alcances previstos en la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08, el Convenio celebrado entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE), y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO.

Que en razón de la experiencia surgida a partir del sexto ciclo de vigencia del citado Convenio de Corresponsabilidad Gremial, las partes han propuesto modificaciones al Convenio tendientes a mejorar su operatividad, habiendo sido consensuados sus términos en sucesivas reuniones técnicas de comisión de seguimiento, dentro el marco dispuesto por la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08.

Que a fojas 374/375 consta nota de fecha 1° de noviembre de 2016, N° NO-2016-02808560-APN-DCII#MA, suscripta por el representante del Fondo Especial del Tabaco (FET) Sr. Marcelo Claudio VIEGAS CALÇADA, mediante la cual manifiesta la toma de conocimiento y conformidad a la suscripción de la adenda, la cual se agrega como anexo a la presente.

Que la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) y la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) han tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 261 de fecha 27 de mayo de 2016, se acepta la excusación presentada por el Secretario de Seguridad Social, Señor Juan Carlos PAULUCCI MALVIS, para intervenir en las actuaciones en las que sean parte la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL RURAL Y ESTIBADORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (OSPRERA), en las que pudiera corresponder su intervención en tal carácter, siendo encomendado el Señor Secretario de Trabajo para intervenir en todas las actuaciones en las que sean parte las entidades antes mencionadas.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 26.377, el Decreto N° 1.370/08 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 261/16.

Por ello,

EL SEÑOR SECRETARIO DE TRABAJO POR EXCUSACIÓN DEL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Homológase la Adenda suscripta el 2 de septiembre de 2016 al Convenio de Corresponsabilidad Gremial celebrado entre la UNIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (UATRE) y la COOPERATIVA TABACALERA Y AGROPECUARIA DEL CHACO, homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de fecha 1° de septiembre de 2010, que como Anexo IF-2017-20447508-APN-SSPSS#MT y Anexo IF-2017-20447784-APN-SSPSS#MT forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Encomiéndese a la Dirección Nacional de los Regímenes de la Seguridad Social a elaborar el texto ordenado del Convenio de Corresponsabilidad Gremial homologado por la Resolución de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 4 de fecha 1° de septiembre de 2010.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. — Horacio Bernardino Pitrau.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 29/09/2017 N° 72850/17 v. 29/09/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)