AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 275-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2017

VISTO el Expediente EX-2017-19754828-APN-DMEYD#AABE del Registro de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, los Decretos Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, Nº 358 de fecha 22 de mayo de 2017, las Resoluciones AABE RESFC-2017-204-APN -AABE#JGM de fecha 24 de julio de 2017 y RESFC-2017-212-APN-AABE#JGM de fecha 28 de julio de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita el proyecto de resolución por el cual se propicia aprobar la base de datos actualizada y definitiva del REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP), como así también disponer la creación de los legajos correspondiente al mencionado registro dentro del REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO (RLM) de bienes inmuebles RLJGM0000.

Que por Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que dentro de sus objetivos, tiene a su cargo la ejecución de las políticas, normas y procedimientos que rigen la disposición y administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, posibilitando la puesta a disposición de los mismos de manera ágil y dinámica para la formulación de los diversos planes, programas y proyectos, para lo cual se le asignaron expresas facultades.

Que por el Decreto Nº 2.670 del 1° de diciembre de 2015 se aprobó la reglamentación del Decreto Nº 1.382/12, estableciéndose las delimitaciones de las funciones propias de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que por Decreto Nº 358 de fecha 22 de mayo de 2017 se incorpora al Anexo del Decreto Nº 2.670/15 el “CAPITULO XI del REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP)”, creando dicho registro en el ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, cuya función principal será registrar los bienes inmuebles, ya sean de propiedad fiscal o de particulares, donde se asientan los barrios populares, las construcciones existentes en dichos barrios y los datos de las personas que habitan en ellas, al 31 de diciembre de 2016.

Que como ANEXO IF-2017-09311057-APN-SECCI#JGM del mencionado Decreto se acompañó la base de datos preliminar del referido REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP), estableciendo un plazo de 90 días hábiles a partir de la entrada en vigencia del mismo, para actualizar el citado registro con los referidos inmuebles y construcciones existentes, aún no relevados donde existan barrios populares conformados con anterioridad al 31 de diciembre de 2016. Con posterioridad a dicho plazo, cuyo vencimiento es el 6 de octubre de 2017, sólo se actualizará el registro de los datos de las personas que habitan en ellas.

Que mediante Resolución RESFC-2017-204-APN-AABE#JGM de fecha 24 de julio de 2017 se dispone la utilización del módulo “REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO (RLM)” del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como repositorio único del REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO (RENABE), como complemento necesario para este último.

Que mediante Resolución RESFC-2017-212-APN-AABE#JGM de fecha 28 de julio de 2017 se designa dentro del ámbito de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO a la Dirección Nacional del Registro de Bienes Inmuebles como área responsable del REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) ya que resulta concordante con sus misiones y funciones.

Que en virtud de lo expuesto resulta necesario aprobar la base de datos actualizada y definitiva del REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) y crear los legajos correspondientes al RENABAP dentro del módulo REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO (RLM) de bienes inmuebles RLJGM0000 a los fines de unificar la información y mantener su actualización permanente.

Que el Servicio Jurídico Permanente de esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1.382/12, Nº 2.670/15 y Nº 195/15.

Por ello;

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la base de datos definitiva del REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP) que como ANEXO (IF-2017-21352765-APN-DNRBI#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a la Dirección Nacional del Registro de Bienes Inmuebles para que proceda a la creación de los Legajos correspondientes al RENABAP dentro del módulo REGISTRO LEGAJO MULTIPROPÓSITO (RLM) de bienes inmuebles RLJGM0000.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ramon Maria Lanus. — Pedro Villanueva.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 02/10/2017 N° 73473/17 v. 02/10/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)

(Nota Infoleg: las modificaciones a los Anexos que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")