MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

Resolución 932-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2017

VISTO el EX-2017-19957505-DDYME-APN#MCT y la RESOL-2016-573-E-APN#MCT, ambos del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, la Ley Nº 26.879, el DECTO-2017-522-APN-PTE del 17 de julio de 2017 y,

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley Nº 26.879 citada en el VISTO se creó el REGISTRO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS VINCULADOS A DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL, en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACIÓN.

Que el mencionado Registro tiene por fin exclusivo facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal, relacionada a delitos contra la integridad sexual previstos en el Libro Segundo, Título III, Capítulo II del Código Penal, con el objeto de proceder a la individualización de las personas responsables.

Que el Registro almacenará y sistematizará la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica que hubiere sido obtenida en el curso de una investigación criminal y de toda persona condenada con sentencia firme por los delitos mencionados precedentemente.

Que asimismo, en el artículo 8º de la Ley Nº 26.879, se establece que los exámenes genéticos se practicarán en los laboratorios debidamente acreditados por el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA o por organismos certificantes debidamente reconocidos por este organismo.

Que en atención a lo dispuesto en el artículo mencionado precedentemente, en el marco del “Programa de Acreditación de Laboratorios del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación” que funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA de este Ministerio, se creó la Junta Técnica de Laboratorios de Genética Forense mediante la RESOL-2016-573-E-APN-MCT.

Que el DECTO-2017-522-APN-PTE, reglamentario de la Ley N° 26.879, crea la COMISIÓN NACIONAL DE HUELLAS GENÉTICAS a los efectos de coordinar, articular, brindar asesoramiento y seguimiento a la implementación y funcionamiento del REGISTRO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS VINCULADOS A DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL, como a los actores vinculados al mismo.

Que dicha COMISIÓN diseñará el cronograma de puesta en funcionamiento del aludido Registro, atendiendo a las posibilidades operativas de los Organismos involucrados en las diversas Jurisdicciones.

Que asimismo, la COMISIÓN tiene a su cargo las funciones de consultar a la Junta Técnica de Laboratorios de Genética Forense del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, a fin de definir la actualización de las pautas científicas para la identificación genética; dictar las normas necesarias para el aseguramiento de la cadena de custodia y transporte seguro de las evidencias y muestras biológicas obtenidas en el marco de la investigación de un delito contra la integridad sexual, hasta los laboratorios de genética forense acreditados; elaborar convenios para el intercambio de tecnología e información genética con jurisdicciones nacionales e internacionales; coordinar con los Gobiernos Provinciales y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la elaboración de Protocolos de Actuación común en todo lo atinente a la recolección, transporte, conservación y digitalización de la información genética obtenida en una investigación criminal; y actualizar periódicamente las pautas técnicas necesarias para la identificación genética, conforme surjan innovaciones tecnológicas o avances científicos en la materia.

Que el Artículo Segundo del DECTO-2017-522-APN-PTE establece que la COMISIÓN NACIONAL DE HUELLAS GENÉTICAS estará integrada por UN (1) representante del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, UN (1) representante del MINISTERIO DE SEGURIDAD y UN (1) representante del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.

Que con la finalidad de dar cumplimiento a la norma citada en el considerando anterior se dicta el presente Acto Administrativo.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 1343 del 30 de abril de 1974 y el artículo Nº 23 quinquies de la Ley Nº 26.338.

Por ello,

EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Designar a la Licenciada María de la Paz ALFARO (DNI Nº 25.557.207), DIRECTORA NACIONAL DE REDES INSTITUCIONALES EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL dependiente de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, como representante de esta Jurisdicción en la COMISIÓN NACIONAL DE HUELLAS GENÉTICAS creada mediante el DECTO-2017-522-APN-PTE.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, notifíquese a la interesada, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — José Lino Salvador Barañao.

e. 04/10/2017 N° 74938/17 v. 04/10/2017