Resolución 932-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2017
VISTO el EX-2017-19957505-DDYME-APN#MCT y la RESOL-2016-573-E-APN#MCT,
ambos del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
PRODUCTIVA, la Ley Nº 26.879, el DECTO-2017-522-APN-PTE del 17 de julio
de 2017 y,
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley Nº 26.879 citada en el VISTO se creó el REGISTRO
NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS VINCULADOS A DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD
SEXUAL, en el ámbito del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE
LA NACIÓN.
Que el mencionado Registro tiene por fin exclusivo facilitar el
esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación
judicial en materia penal, relacionada a delitos contra la integridad
sexual previstos en el Libro Segundo, Título III, Capítulo II del
Código Penal, con el objeto de proceder a la individualización de las
personas responsables.
Que el Registro almacenará y sistematizará la información genética
asociada a una muestra o evidencia biológica que hubiere sido obtenida
en el curso de una investigación criminal y de toda persona condenada
con sentencia firme por los delitos mencionados precedentemente.
Que asimismo, en el artículo 8º de la Ley Nº 26.879, se establece que
los exámenes genéticos se practicarán en los laboratorios debidamente
acreditados por el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN
PRODUCTIVA o por organismos certificantes debidamente reconocidos por
este organismo.
Que en atención a lo dispuesto en el artículo mencionado
precedentemente, en el marco del “Programa de Acreditación de
Laboratorios del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”
que funciona en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA
de este Ministerio, se creó la Junta Técnica de Laboratorios de
Genética Forense mediante la RESOL-2016-573-E-APN-MCT.
Que el DECTO-2017-522-APN-PTE, reglamentario de la Ley N° 26.879, crea
la COMISIÓN NACIONAL DE HUELLAS GENÉTICAS a los efectos de coordinar,
articular, brindar asesoramiento y seguimiento a la implementación y
funcionamiento del REGISTRO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS VINCULADOS A
DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL, como a los actores vinculados al
mismo.
Que dicha COMISIÓN diseñará el cronograma de puesta en funcionamiento
del aludido Registro, atendiendo a las posibilidades operativas de los
Organismos involucrados en las diversas Jurisdicciones.
Que asimismo, la COMISIÓN tiene a su cargo las funciones de consultar a
la Junta Técnica de Laboratorios de Genética Forense del MINISTERIO DE
CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, a fin de definir la
actualización de las pautas científicas para la identificación
genética; dictar las normas necesarias para el aseguramiento de la
cadena de custodia y transporte seguro de las evidencias y muestras
biológicas obtenidas en el marco de la investigación de un delito
contra la integridad sexual, hasta los laboratorios de genética forense
acreditados; elaborar convenios para el intercambio de tecnología e
información genética con jurisdicciones nacionales e internacionales;
coordinar con los Gobiernos Provinciales y el de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, la elaboración de Protocolos de Actuación común en todo
lo atinente a la recolección, transporte, conservación y digitalización
de la información genética obtenida en una investigación criminal; y
actualizar periódicamente las pautas técnicas necesarias para la
identificación genética, conforme surjan innovaciones tecnológicas o
avances científicos en la materia.
Que el Artículo Segundo del DECTO-2017-522-APN-PTE establece que la
COMISIÓN NACIONAL DE HUELLAS GENÉTICAS estará integrada por UN (1)
representante del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, UN (1)
representante del MINISTERIO DE SEGURIDAD y UN (1) representante del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA.
Que con la finalidad de dar cumplimiento a la norma citada en el considerando anterior se dicta el presente Acto Administrativo.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 1343 del 30 de abril de 1974 y el artículo
Nº 23 quinquies de la Ley Nº 26.338.
Por ello,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Designar a la Licenciada María de la Paz ALFARO (DNI Nº
25.557.207), DIRECTORA NACIONAL DE REDES INSTITUCIONALES EN CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
dependiente de la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA del
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN PRODUCTIVA, como
representante de esta Jurisdicción en la COMISIÓN NACIONAL DE HUELLAS
GENÉTICAS creada mediante el DECTO-2017-522-APN-PTE.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, notifíquese a la interesada, publíquese,
dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — José
Lino Salvador Barañao.
e. 04/10/2017 N° 74938/17 v. 04/10/2017