MINISTERIO DE SALUD
Resolución 1674-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-06944991-APN-DNRSCSS#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que las políticas de Salud tienen por primer objetivo prioritario
asegurar el acceso de todos los habitantes de la Nación a los Servicios
de Salud, entendiendo por tales al conjunto de los recursos y acciones
de carácter promocional, preventivo, asistencial y de rehabilitación,
sean éstos de carácter público estatal, no estatal o privados; con
fuerte énfasis en el primer nivel de atención.
Que en el marco de las políticas del Ministerio de Salud de la Nación
se desarrolla el PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA
ATENCIÓN MÉDICA, creado por Resolución N° 432/1992 de la SECRETARÍA DE
SALUD del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL, refrendado
oportunamente por el decreto N° 1424/1997 y luego por el Decreto N°
178/2017; en el cual se agrupan un conjunto de acciones destinadas a
promover la calidad de las prestaciones en los Servicios de Salud.
Que entre las funciones del Programa se encuentra la elaboración de
normas de organización y funcionamiento y de guías de práctica clínica
de los Servicios de Salud y de la seguridad del paciente, como
herramientas tendientes a estandarizar los procesos asistenciales.
Que se considera que la equidad en la atención médica es un fundamento
de la buena calidad de la atención sanitaria y que el acceso a una
atención de calidad es un derecho básico de los ciudadanos, siendo la
variabilidad inapropiada en la práctica clínica un problema sanitario
de gran magnitud.
Que las presentes DEFINICIONES DE ESTANDARIZACIÓN DE PROCESOS
ASISTENCIALES DE LA DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD han sido
elaboradas por la DIRECCIÓN DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD con el
objetivo de que se constituyan como un instrumento que brinde a los
productores y usuarios de herramientas de estandarización de procesos
asistenciales definiciones básicas que permitan la unificación de
criterios, generando una herramienta aplicable a los diferentes
contextos de nuestro país.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN SANITARIA Y CALIDAD EN
SERVICIOS DE SALUD, la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN y la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS han
tomado la intervención de su competencia y avalan su incorporación al
PROGRAMA NACIONAL DE GARANTIA DE CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones conferidas
por la Ley de Ministerios 22.520 (T.O. 1992), sus modificatorias y
complementarias.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las DEFINICIONES DE ESTANDARIZACIÓN DE
PROCESOS ASISTENCIALES, que como ANEXO N° IF-2017-13888694-APN-DCSS#MS,
forman parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Invítase a las Jurisdicciones, a los establecimientos
universitarios, a las Fuerzas Armadas y de Seguridad y de la Seguridad
Social a adherir a la presente.
ARTÍCULO 3°.- Difúndase a través de la DIRECCIÓN DE CALIDAD EN
SERVICIOS DE SALUD las Definiciones que se aprueban por el artículo 1°
de la presente, a fin de asegurar el máximo conocimiento y aplicación
de las citadas definiciones en el marco de dicho Programa Nacional.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge Daniel Lemus.
ANEXO 1
Definiciones de Estandarización de Procesos Asistenciales
La estandarización de procesos asistenciales (EPA) se define como el
desarrollo y la implementación de manera uniforme y acordada, de
especificaciones técnicas, criterios, métodos, procesos y prácticas que
pueden incrementar la compatibilidad, calidad, reproducibilidad y
seguridad asistencial. Consiste en la especificación y comunicación de
un proceso a un nivel lo suficientemente detallado como para permitir
su implementación de manera consistente y verificable por otros
usuarios en diferentes momentos y en diferentes entornos (1).
La práctica clínica es variable (tanto interprofesional como
intraprofesional) ya que se encuentra rodeada de una significativa
proporción de incertidumbre(2). El objetivo de la EPA será evitar parte
de esta variabilidad, especialmente aquella que no se relaciona ni con
las características de la enfermedad ni con las preferencias de los
pacientes (variabilidad “inapropiada”)(2).
La adopción de la estandarización de procesos asistenciales supone la
necesidad de gestionar un cambio cultural, organizativo y profesional.
A través del cambio de actitudes entre los profesionales y del
comportamiento de los mismos se logrará la modificación en los
resultados clínicos y en la salud de la población. Para ello existen
diferentes herramientas: Consensos de Expertos, Protocolos,
Procedimientos, Guías de Práctica Clínica, Algoritmos y Vías Clínicas.
1. Consenso de Expertos:
La Real Academia Española define al consenso como un acuerdo producido
por consentimiento de todos los miembros de un grupo (3). El consenso
de expertos se refiere a una síntesis de las opiniones de un panel de
expertos multidisciplinario sobre una temática específica en salud con
el objetivo de ayudar a la toma de decisiones de profesionales de la
salud. La denominación “Pauta” se incluye actualmente en esta categoría.
Los Consensos de Expertos se desarrollan por métodos de consenso formal
o informal, sin valorar críticamente la evidencia científica.
2. Protocolo:
Son documentos que sintetizan los procedimientos necesarios para la
atención de una condición específica de salud, en un grupo de pacientes
bien delimitado. Los protocolo implican rigidez y obligatoriedad en su
aplicación (4). Definen el conjunto de pasos sobre el manejo operativo
de problemas de salud (diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, etc)
basados en la mejor evidencia disponible. Se deben realizar de forma
multidisciplinaria, y pueden ser una herramienta de implementación de
Guías de Práctica Clínica, o elaborarse de manera independiente
siguiendo la metodología específica de revisión sistemática, valoración
crítica y síntesis de la evidencia científica.
3. Procedimiento:
Los procedimientos son indicaciones que guían la realización de una
determinada técnica paso a paso. Habitualmente se refieren a
preparación de medicación, uso de equipamiento o colocación de
dispositivos. Pueden citarse como ejemplos los procedimientos de
colocación de sondas y catéteres, cuidado de heridas, transfusión de
hemoderivados, etc. Para ejemplificar la diferencia con un protocolo
para pacientes con sonda nasogástrica, este describirá los cuidados del
paciente así como cuán a menudo evaluarlo, cómo evaluarlo, qué tipo de
sustancias pueden administrarse por la sonda, etc. En cambio el
procedimiento detallará cómo realizar la colocación de la sonda (5).
Los procedimientos se elaboran por consenso multidisciplinario de expertos.
4. Guía de Práctica Clínica (GPC):
Una GPC es un “conjunto de recomendaciones desarrolladas de forma
sistemática para ayudar a los profesionales y a los pacientes en la
toma de decisiones sobre la atención sanitaria más apropiada,
seleccionando las opciones diagnósticas y/o terapéuticas más adecuadas
en el abordaje de un problema de salud o una condición clínica
específica”(4). Las GPC son diseñadas para apoyar el proceso de toma de
decisiones en el cuidado del paciente. El contenido de la GPC se basa
en una revisión sistemática de la evidencia disponible. Esto se realiza
de acuerdo a metodologías de búsqueda, valoración crítica, análisis y
síntesis de evidencia científica, aceptadas por la comunidad científica
y por el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
Por ello, las dos características importantes que debe contener una GPC son:
- La mejor evidencia científica disponible.
- La adaptación al contexto local.
5. Algoritmo:
Los algoritmos son una representación gráfica en forma de diagrama de
flujo, de un conjunto de pasos, reglas o procedimientos definidos con
el fin de resolver un problema diagnóstico o terapéutico específico (6).
Pueden ser desarrollados a partir de una Guía de Práctica Clínica, un
Protocolo o a través de la revisión sistemática de la mejor evidencia
disponible.
6. Vía Clínica:
Las vías clínicas son planes asistenciales que se aplican a pacientes
con una determinada patología y que presentan un curso clínico
predecible. Definen la secuencia, duración y responsabilidad óptima de
las actividades de los distintos profesionales sanitarios para un
diagnóstico o procedimiento particular, minimizando retrasos, mejorando
el uso de recursos y mejorando la calidad de la asistencia (7). Son una
herramienta de gestión clínica que facilita la atención sistemática y
multidisciplinaria del paciente pero no reemplaza el juicio clínico del
profesional. La ventaja de este formato es que la evolución del
paciente está monitoreada diariamente de acuerdo a las intervenciones
planificadas y los resultados esperados. De esta forma, permiten la
anticipación de los problemas asistenciales, la evaluación de los
objetivos planteados, la comparación con los estándares de atención
definidos previamente y el manejo de las posibles “variaciones”.
La forma de presentación más común que adoptan las vías clínicas es la
de una matriz temporal, en el eje de las abscisas se coloca el tiempo
en divisiones por días o incluso horas y la ubicación del paciente, en
el eje de las ordenadas se distribuyen todas las acciones e
intervenciones cuidadosamente distribuidas (evaluaciones y asistencias,
determinaciones o test de laboratorio, tratamientos médicos y cuidados
de enfermería, medicación, actividad, fisioterapia, dieta, información
y apoyo al enfermo y/o familiar, criterios de ingreso o de alta) (6).
Se realizan a través de la lectura crítica de la evidencia científica,
pudiéndose basar en revisiones sistemáticas, metanálisis y guías de
práctica clínica.
Referencias:
1. Leotzakos y col: Standardization in patient safety: theWHO High 5s
project International Journal for Quality in Health Care 2014. 26;
(2):109–116.
2. Fernández de Maya, Martínez. Variability of clinical practice in
nursing: an integrative review. Acta Paul Enferm. 2012;25(5):809-16
3. Real Academia Española: Online: http://www.rae.es/. Último acceso: 13/3/2017.
4. Lavelle y col: Standardizing Care Processes and Improving Quality
Using Pathways and ContinuousQuality Improvement. Curr Treat Options
Peds (2015) 1:347–358.
5. Estandarización de los Procesos Asistenciales: Calidad en Gestión
Clínica. Martínez Sagasta, Carlos. Comp. 1° ed- Buenos Aires:
Organización Panamericana de la Salud- OPS. 2007.
6. Román A. Guías clínicas, vías clínicas y protocolos de atención.
Medwave 2012 Jul;12(6):e5436 doi: 10.5867/medwave.2012.06.5436. último
acceso: 27/3/2017.
7. Hoesing H: Clinical Practice Guidelines: Closing the Gap Between
Theory and PracticeJ.oint Commission International. 2016. Online:
https://www.elsevier.com/clinical-
solutions/insights/resources/insights
-articles/clinical-practice/clinical-practice-guidelines-closing-the-
gap -between-theory-and -practice. último acceso: 23/3/17.
IF-2017-13888694-APN-DCSS#MS
e. 05/10/2017 N° 74787/17 v. 05/10/2017