MINISTERIO DE CULTURA

SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA

Disposición 61-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2017

VISTO el Expediente electrónico N° EX-2017-22403622-APN-DMED#MC del registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y modificatorios, la Ley N° 19.549, la Decisión Administrativa N° 213/2016 modificada por su similar N° 621/2017 y la Resolución M.C. N° 212 del 26 de mayo de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución M.C. N° 212/2016 se crea el PROGRAMA FESTEJAR en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD.

Que la mencionada Resolución establece en su artículo 4° como Autoridad de Aplicación del Programa a la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN.

Que asimismo, del ANEXO I de la citada Resolución surge que se abrirán dos convocatorias por año.

Que para cumplir con los objetivos establecidos en dicho Programa, se requiere la apertura de la inscripción de la Cuarta Convocatoria Concursable para Organizadores de Festivales, Carnavales y Celebraciones Populares.

Que dicha acción resulta competencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN Y PROGRAMACIÓN actualmente denominada DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO Y FOMENTO DE LA CREACIÓN ARTÍSTICA tal como surge de la Decisión Administrativa 621 del 11 de agosto de 2017, modificatoria de la Decisión Administrativa 213 de fecha 21 de marzo de 2016.

Que el artículo 3° de la Ley 19.549 -Competencia del Órgano- establece que la avocación será procedente a menos que una norma expresa disponga lo contrario.

Que atento a que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO Y FOMENTO DE LA CREACIÓN ARTÍSTICA se encuentra acéfala, procede la avocación por parte del titular de la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA, a fin de dar cumplimiento con los objetivos del PROGRAMA aprobado por la Resolución M.C. N° 212/2016.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de las competencias asignadas a esta Cartera Ministerial por la Ley N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y su modificatorio, el artículo 4° de la Resolución M.C. N° 212/16, el artículo 3° de la Ley 19549 y el decreto 35/16.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE CULTURA CIUDADANA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Avocarse las facultades derivadas del art. 4° de la Resolución MC N° 212 del 26 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 2°.- Declárese abierta la Cuarta Convocatoria Concursable 2017 del PROGRAMA FESTEJAR para Organizadores de Festivales, Carnavales y Celebraciones Populares, desde el día siguiente de la publicación de la presente en el Boletín Oficial y por un período de 15 días corridos para festejos que tengan fecha de realización durante el primer semestre de 2018 (enero-febrero-marzo -abril-mayo-junio) conforme las Bases y Condiciones que conforman el ANEXO II de la Resolución MC 212 , publicada en el Boletín Oficial con fecha 30 de mayo de 2016.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Nicolás Roibas.

e. 05/10/2017 N° 75354/17 v. 05/10/2017