AUDITORÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Disposición 281/2017

Buenos Aires, 30/08/2017

VISTO:...

CONSIDERANDO:...

Que el Colegio de Auditores Generales, en su sesión del día 30/08/17, prestó conformidad con lo que aquí se dispone.

Por ello,

EL COLEGIO DE AUDITORES GENERALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- El informe de auditoría es el documento oficial de la Auditoria General de la Nación.

ARTÍCULO 2°.- Modifícase el Anexo 1 de la Disposición N° 131/09-AGN en lo concerniente al plazo de conservación y guarda de los “Papeles de Trabajo”, el que se reduce a cinco años desde la aprobación del informe.

ARTÍCULO 3°.- Modifícase el plazo de conservación y guarda de la información referidos a las “Contrataciones Relevantes y Actos de Significación Económica” incorporados al Anexo 1 de la Disposición N° 131/09-AGN por la Disposición N° 222/13-AGN, el que se reduce a cinco años desde que son aprobados.

ARTÍCULO 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina. Se establece el plazo de treinta días desde esta publicación, para que las Gerencias correspondientes instrumenten los mecanismos para el cumplimiento de la presente.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a la Comisión Mixta Revisora de Cuentas dependiente del Honorable Congreso de la Nación.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y archívese. — Oscar Santiago Lamberto, Presidente. — Francisco Javier Fernandez, Auditor General. — Juan Ignacio Forlón, Auditor General. — Maria Graciela de la Rosa, Auditora General. — Gabriel Mihura Estrada, Auditor General. — Alejandro Mario Nieva, Auditor General. — Jesús Rodríguez, Auditor General.

e. 05/10/2017 N° 74949/17 v. 05/10/2017