PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°
XXXIII.- MINISTERIO DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE PARTICIPACIÓN PÚBLICO PRIVADA OBJETIVOS:
1. Ejercer las funciones asignadas por la Ley N° 27.328 y su Decreto reglamentario N°118/17.
2. Participar en la elaboración de programas y planes de desarrollo de
proyectos de participación público-privada y promover propuestas
tendientes a optimizar el funcionamiento general del régimen de
participación público-privada.
3. Entender en el establecimiento de criterios y parámetros para
justificar la satisfacción del interés público mediante el recurso a la
modalidad de participación público privada frente a otras alternativas
contractuales disponibles.
4. Intervenir con relación a la factibilidad y justificación de cada
contratación mediante el régimen de participación público privada.
5. Coordinar las intervenciones de los distintos integrantes del Sector
Público Nacional que se requieran en las distintas etapas del
desarrollo de un proyecto de participación público- privada.
6. Entender en la implementación y administración de un registro que
centralice toda la documentación relativa a cada uno de los proyectos
de participación público privada.
7. Intervenir en forma previa a la cesión, total o parcial, de un contrato de participación público-privada.
8. Elaborar informes sobre el estado de ejecución y cumplimiento de los
contratos de participación público-privada en curso y de los proyectos
que se considere conveniente desarrollar bajo dicha modalidad durante
los siguientes DOS (2) ejercicios presupuestarios.
9. Entender en la selección de profesionales habilitados para integrar los Paneles Técnicos y efectuar el listado respectivo.
10. Intervenir en la identificación de las mejores prácticas de ética y
transparencia para el desarrollo de proyectos de participación
público-privada en coordinación con la OFICINA ANTICORRUPCIÓN
dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE FINANZAS
OBJETIVOS:
1. Entender en la ejecución de las políticas y medidas relativas a los
aspectos crediticios de la política financiera y el endeudamiento
externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA, interviniendo en las
negociaciones inherentes al tema con entes financieros, nacionales,
extranjeros, públicos y privados y el FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
(FMI) y tomando a su cargo las relaciones con la comunidad financiera
internacional y la coordinación de las representaciones en el exterior.
2. Coordinar la administración de la deuda pública y elaborar las proyecciones presupuestarias del endeudamiento público.
3. Establecer las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.
4. Dirigir y supervisar el Sistema de Crédito Público.
5. Diseñar las acciones tendientes a la preservación del crédito público.
6. Intervenir en la definición de los requerimientos de financiamiento
del Sector Público Nacional por los que se originen o puedan
eventualmente originarse obligaciones de pago.
7. Entender en las relaciones, negociaciones y representación del país
con los organismos financieros internacionales de crédito de los que la
Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales
y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de
los mismos.
8. Entender en todo lo vinculado a las relaciones y negociaciones con
los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y
multilaterales, para el desarrollo, actualización y mantenimiento de
los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los
programas con dichos organismos.
9. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que involucre al crédito público de la Nación Argentina.
10. Entender en el análisis de la estructuración financiera del plan de
inversión pública con el fin de preservar el crédito público de la
Nación.
11. Entender en el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones
por parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura
financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de
Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento
público.
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO
OBJETIVOS:
1. Participar en la formulación de los aspectos crediticios de la política financiera.
2. Asistir en el diseño y ejecución de políticas y medidas relativas al
financiamiento externo e interno de la REPÚBLICA ARGENTINA,
interviniendo en las negociaciones inherentes al tema con entes
financieros nacionales, extranjeros, públicos y privados.
3. Asistir en la dirección y supervisión del Sistema de Crédito Público.
4. Establecer las estimaciones y proyecciones presupuestarias del servicio de la deuda pública y supervisar su cumplimiento.
5. Supervisar la organización de los sistemas de información y el registro del endeudamiento público.
6. Ejecutar las políticas de administración de los activos financieros
del ESTADO NACIONAL y asistir en los aspectos financieros de los fondos
fiduciarios en los que éste sea parte.
7. Asistir en las acciones orientadas a preservar el crédito público.
8. Coordinar el análisis de la asunción de riesgos y obligaciones por
parte del Sector Público Nacional relacionado con la estructura
financiera de los proyectos a instrumentarse en el marco del régimen de
Participación Público Privada, en la medida que involucre endeudamiento
público.
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE FINANZAS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES FINANCIERAS INTERNACIONALES
OBJETIVOS:
1. Asesorar en las negociaciones y en la representación del país ante
los organismos financieros internacionales de crédito de los que la
Nación forma parte, en los aspectos que hacen a las políticas generales
y particulares de dichos organismos y en los préstamos provenientes de
los mismos.
2. Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con
los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y
multilaterales.
3. Entender en el desarrollo, actualización y mantenimiento de los
sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los
programas con los organismos financieros internacionales de crédito.
4. Entender en la programación, formulación, negociación y gestión de
la cartera de préstamos con los organismos internacionales,
multilaterales, bilaterales y regionales de crédito y la revisión de
las operaciones de cartera existentes.
5. Entender en la supervisión de la administración de programas y
proyectos con financiamiento externo del Sector Público Nacional y
efectuar su seguimiento, evaluación y control.
6. Intervenir, en coordinación con las áreas competentes de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, en el diligenciamiento de las actuaciones
correspondientes a la aprobación y suscripción de Convenios de Donación
y Cooperación Técnica no Reembolsable.
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA DE SERVICIOS FINANCIEROS
OBJETIVOS:
1. Entender en el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios financieros.
2. Entender en la elaboración de propuestas que vinculen las normas involucradas en los distintos servicios financieros.
3. Entender en la formulación, propuesta e implementación de las
políticas relativas al desarrollo del mercado de capitales y al
financiamiento de la actividad productiva.
4. Coordinar el análisis y efectuar propuestas de alternativas para el diseño de la política del sector financiero.
5. Entender en la elaboración de propuestas tendientes a coordinar el
accionar de las entidades financieras oficiales nacionales.
6. Asesorar en la elaboración y seguimiento del régimen impositivo que
involucre tanto al mercado de capitales como al mercado asegurador.
7. Entender en la elaboración de propuestas sobre el desarrollo de
medidas que propicien la transparencia de los mercados financieros como
así también la protección del consumidor en dicho ámbito.
8. Coordinar la participación del MINISTERIO DE FINANZAS y el accionar
de los representantes de la REPÚBLICA ARGENTINA, en los grupos
intergubernamentales, foros financieros internacionales, y foros de
cooperación y consulta en temas relacionados con el Sistema Financiero
Internacional.
9. Entender en la coordinación y ejecución de las políticas y acciones
y en las cuestiones administrativas que hacen al ejercicio de los
derechos societarios de las participaciones accionarias del ESTADO
NACIONAL registradas a nombre del MINISTERIO DE FINANZAS, e instruir a
sus representantes.
10. Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO
NACIONAL en aquellas empresas cuya tenencia accionaria sea ejercida por
el MINISTERIO DE FINANZAS.
11. Coordinar las relaciones entre la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, la
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
12. Coordinar los aspectos administrativos de las relaciones del BANCO
DE LA NACIÓN ARGENTINA y del BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA con el
PODER EJECUTIVO NACIONAL.
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS:
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción ministerial.
2. Dirigir el funcionamiento del servicio jurídico, intervenir en los
proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones
que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la jurisdicción
ministerial y supervisar el accionar de los servicios jurídicos
pertenecientes a los organismos descentralizados.
3. Intervenir en los aspectos técnico-legales relativos a la
coordinación y regulación de los servicios financieros y en la
implementación del régimen de Participación Público Privada.
4. Intervenir en los aspectos de su competencia en los contratos que se
suscriban con los organismos financieros internacionales de crédito,
bilaterales y multilaterales y con los inversores privados.
5. Coordinar el diseño y aplicación de políticas administrativas,
presupuestarias y financieras de la jurisdicción, así como la
administración de los espacios físicos de la Jurisdicción.
6. Planificar y coordinar las actividades de carácter administrativo de
las áreas que la integran y de las entidades descentralizadas
dependientes.
7. Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas
administrativos e informáticos, de despacho, seguimiento y archivo de
la documentación administrativa y ordenar la instrucción de los
sumarios administrativos-disciplinarios.
8. Coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento
de las relaciones institucionales del área de su competencia, tanto con
las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE
CONGRESO DE LA NACIÓN y el PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, como con los
diferentes sectores del ámbito público y privado.
9. Atender en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL,
conjuntamente con la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, la
SINDICATURA GENERAL
DE LA NACIÓN, el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y otros
Organismos, en temas internacionales de naturaleza arbitral y judicial.
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES Y REGULATORIOS
OBJETIVOS:
1. Asesorar en los aspectos técnico-legales de las propuestas relativas
a la coordinación y regulación de los servicios financieros, mercados
de capitales, sistema de financiamiento colectivo e inclusión
financiera.
2. Asesorar en el análisis legal de los contratos que se suscriban con
los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y
multilaterales y con inversores privados.
3. Asesorar en el análisis legal de las políticas de administración de los activos financieros del ESTADO NACIONAL.
4. Asistir en el análisis de los aspectos legales de las acciones orientadas a preservar el crédito público.
5. Asesorar en el análisis de los aspectos legales, regulatorios y
contractuales de las cuestiones vinculadas al régimen de Participación
Público Privada.
6. Asesorar en la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL en
asuntos prejudiciales, judiciales y arbitrales internacionales del
ámbito del MINISTERIO DE
FINANZAS, coordinando su accionar, cuando correspondiere, con la
PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, el MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO y otros organismos.
7. Coordinar el seguimiento de los asuntos litigiosos internacionales.
8. Participar y asesorar en los aspectos legales de las negociaciones financieras internacionales.
9. Coordinar la promoción y contestación de demandas, ofrecimiento de
pruebas, apelaciones y demás temas que por su especialidad le sean
requeridos.
IF-2017-23118488-APN-MF
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 3º
XXXIII.- MINISTERIO DE FINANZAS
ORGANISMOS DE ADMINISTRACIÓN DESCENTRALIZADA Y DESCONCENTRADOS
- SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
- COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
- BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
- BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
- UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
- FONCAP SOCIEDAD ANÓNIMA
IF-2017-23118609-APN-MF
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4º
IF-2017-23118689-APN-MF
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8°