MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1015-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 29/09/2017
VISTO el Expediente EX-2016-18306929-APN-SECCPJMPYL#MSG del Registro
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 26.538, las Resoluciones M.J.
y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de
2012 y 2313 del 11 de noviembre de 2015, y la Resolución Conjunta M.J y
D.H. N°445 y M.S. N°271 del 24 de junio de 2016 y,
CONSIDERANDO
Que mediante la Ley N° 26.538 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en
jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS
HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a
abonar una compensación dineraria a aquellas personas que, sin haber
intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para
obtener la libertad de la víctima, preservar su integridad física, o
lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión
de delitos que, por su gravedad o complejidad, justifiquen la
recompensa para el suministro de información.
Que en razón del trabajo conjunto que han realizado el MINISTERIO DE
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y el MINISTERIO DE SEGURIDAD y en pos de
coordinar políticas públicas en materia de política criminal, en
concordancia con la Ley N° 22.520 y con el propósito de optimizar
recursos y asegurar el desarrollo eficaz y eficiente de las tareas que
estos Ministerios tienen asignadas, fue transferido, mediante
Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N°271, al ámbito de la
SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS
PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el PROGRAMA
NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA
JUSTICIA que tiene por objeto planificar, coordinar y supervisar el
cumplimiento de las acciones fijadas a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA
BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA creada por la Ley N°
26.375 especificadas en su artículo 2° y las del FONDO PERMANENTE DE
RECOMPENSAS creado por la Ley N° 26.538.
Que la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 de fecha 29 de octubre de 2012 y
su modificatoria, la N° 2313 del 11 de noviembre de 2015, establecen el
procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de
Recompensas creados por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente
al procedimiento y pago de éstas.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que oportunamente se dictaron las Resoluciones M.J.S. y D.H Nros. 2859
del 2 de octubre de 2008, 1925 del 21 de septiembre de 2012, Resolución
M.J. y D.H. Nro. 260 del 10 de mayo de 2016, y Resoluciones M.S. Nros.
330 E del 17 de abril 2017 y 142 E del 10 de febrero de 2017, que
ofrecieron las recompensas de acuerdo a la ley 26.538.
Que en atención al tiempo transcurrido se hace necesario incrementar el
monto de la suma de las mencionadas recompensas a PESOS UN MILLON
($1.000.000).
Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE
COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y
LEGISLATURAS, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o.
1992) y por la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445/2016 y M.S.
N°271/2016
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), destinada
a aquellas personas quienes, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión o
dar con el paradero, según el caso, de las personas que se detallan en
el Anexo (IF-2017-21944322-APN-JGA#MSG) que forma parte integrante de
la presente resolución.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de las recompensas determinadas en su Anexo, oportunamente
ofrecidas en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 628/2022 del Ministerio de Seguridad B.O. 3/10/2022 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante la presente Resolución, a la suma total de PESOS
CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin
haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero de Sofía Jazmín HERRERA,
D.N.I. N°
45.887.803, quien fuera vista por última vez el día 28 de septiembre de
2008, en el Camping John Goodall distante a 60 kilómetros de la ciudad
de Río Grande, Provincia de Tierra del Fuego. Vigencia: a partir de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución Nº 441/2022 del Ministerio de Seguridad B.O. 12/7/2022 se dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida mediante la presente Resolución, a la suma total de
PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), destinada a aquellas personas que,
sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
sirvan para dar con el paradero de María del Carmen CASH,
quien se
encuentra desaparecida desde el 8 de julio de 2011. Vigencia: a partir
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.)
ARTÍCULO 2°.- El procedimiento a seguir para proporcionar información
en el marco del ofrecimiento dispuesto en el presente acto se ceñirá a
lo previsto en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su
modificatoria.
ARTÍCULO 3°.- Las personas que quieran suministrar datos deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al 0800-555-5065.
ARTÍCULO 4°.- El pago de la recompensa será realizado en este
MINISTERIO DE SEGURIDAD o en el lugar que designe el representante de
esta Cartera de Estado.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Patricia Bullrich.
ANEXO
NOMBRE COMPLETO | DNI Nº | Nº DE RESOLUCION |
SOFIA JAZMIN HERRERA | 45.887.803 | M.J.S. y D.H. Nº2859 del 2 de octubre de 2008 |
NATALY GONZALO | 39.811.721 | M.J.S. y D.H. Nº1925 del 21 de septiembre de 2012 |
SOSA MAXIMILIANO | 52.559.767 | M.S. N° 330E del 17 de abril de 2017 |
MARIA CASH | 30.276.289 | M.J. y D.H. N° 260 del 10 de mayo de 2016 |
IF-2017-21944322-APN-JGA#MSG
e. 09/10/2017 N° 75624/17 v. 09/10/2017