ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

Disposición 277-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2017

VISTO el Decreto N° 871/2003 del 14 de abril de 2003 y la Disposición N° 277/2013 (DGI) del 28 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto mencionado se faculta a la Dirección General Impositiva a resolver en determinados supuestos la apelación o consentimiento de las sentencias del Tribunal Fiscal de la Nación.

Que mediante la Disposición del Visto se procedió a derogar la delegación de dichas facultades efectuada en el Subdirector General de la entonces Subdirección General de Legal y Técnica Impositiva –hoy Subdirección General de Técnico Legal Impositiva.

Que razones funcionales, de oportunidad y conveniencia tornan necesaria la delegación de la función respectiva.

Que la Subdirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta de su competencia.

Que en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 4º y 6º del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Delegar en el Subdirector General de Técnico Legal Impositiva la facultad de autorizar el consentimiento o apelación de las sentencias contrarias a la posición fiscal, dictadas por el Tribunal Fiscal de la Nación, en los supuestos y condiciones establecidos por el Decreto N° 871/2003.

ARTÍCULO 2°.- Dejar sin efecto la Disposición N° 277/2013 (DGI) del 28 de noviembre de 2013.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Horacio Castagnola.

e. 09/10/2017 N° 75803/17 v. 09/10/2017