ÓRGANO DE REVISIÓN - LEY 26.657

SECRETARÍA EJECUTIVA

Resolución 6/2017

Buenos Aires, 03/10/2017

VISTO, la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 y su Decreto Reglamentario N° 603/13 del Registro del PEN; la Resolución DGN N° 797/13; y la sesión plenaria del día 27 de septiembre de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 797/13, del Registro de la Defensoría General de la Nación, quien suscribe ha sido designada como Secretaria Letrada a cargo de la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión, con todas las atribuciones que, en orden a su adecuado funcionamiento, fueron contempladas en la Ley Nacional de Salud Mental y su Decreto Reglamentario.

Que el artículo 39 de la Ley 26.657 establece que el Órgano de Revisión estará integrado por el Ministerio de Salud de la Nación, de la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa, de asociaciones de usuarios y de familiares del sistema de salud, de los profesionales y otros trabajadores de la salud y de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos.

Que, por su parte, el art. 39 del Decreto N° 603/13 establece que las entidades designadas integrarán el Órgano de Revisión por el término de dos (2 años).

Que con fecha 24 de noviembre de 2015 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la conformación de la integración del Órgano de Revisión de Salud Mental en su segundo período de funcionamiento y, en consecuencia, su mandato vence el 27 de diciembre de 2017.

Que frente al vencimiento del mandato de las organizaciones gubernamentales que integran actualmente el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental, la Secretaria Ejecutiva convocó a una sesión plenaria el día 27 de septiembre del corriente, a fin de informar a sus integrantes acerca de la necesidad de iniciar un procedimiento de selección de las entidades enumeradas en los incisos d): e) y f) del artículo 39 del Decreto 603/13, de conformidad con lo previsto en el artículo 4° del Reglamento para el procedimiento de Selección de las Organizaciones referidas en el art. 39 incs. d), e) y f) del Decreto PEN N° 603/13, aprobado por Resolución SE N° 15/15.

Que en la referida sesión se dispuso la apertura del procedimiento y, de conformidad con el artículo 5° del reglamento antes referido, se fijó como fecha límite para la recepción de las propuestas de las organizaciones que se postulen el 30 de octubre del corriente a las 10hs en Bartolomé Mitre 648 piso 7° frente de la CABA.

Asimismo, y de conformidad con las facultades establecidas en el 6° párrafo in fine del art. 38 del Decreto N° 603/13 establecidas con el propósito de asegurar el funcionamiento permanente del organismo, en la sesión del 27 de septiembre se resolvió prorrogar la designación del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), de la Asociación Argentina de Salud Mental (AASM) y de la Red por los Derechos de Personas con Discapacidad (REDI), hasta tanto las entidades que se selecciones en este nuevo proceso hayan asumido la representación como integrantes del Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental.

Por último, el Plenario dispuso también en la sesión antes referida que la publicación de la apertura del procedimiento en el Boletín Oficial de la República Argentina se realice por un día.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 7 del Procedimiento ya citado, la convocatoria se publicará también en la página web del Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental junto con los requisitos previstos en el art. 8 del Procedimiento de Selección.

Que en virtud de las consideraciones que anteceden y de conformidad con las facultades conferidas por el art. 40 de la Ley 26.657, el Decreto 603/13 y normas ccdts.

LA SECRETARIA EJECUTIVA DEL ÓRGANO DE REVISIÓN DE LA NACIÓN

RESUELVE:

I.- DECLARAR la apertura del procedimiento de Selección de las Organizaciones mencionadas en los incs. d), e) y f) del art. 39 del Decreto N° 603/12 para integrar el tercer período de funcionamiento del Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental.

II.- ESTABLECER que las organizaciones interesadas en postularse para integrar el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental deberán presentar sus propuestas hasta el 30 de octubre del corriente a las 10hs. en Bartolomé Mitre 648 piso 7° frente de la CABA.

III.- PRORROGAR las designaciones como integrantes del Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), de la Asociación Argentina de Salud Mental (AASM) y de la Red por los Derechos de Personas con Discapacidad (REDI), hasta tanto las entidades que se selecciones en este nuevo proceso hayan asumido la representación como integrantes del organismo.

IV.- PUBLICAR la parte dispositiva de la presente resolución durante un (1) día en el Boletín Oficial de la República Argentina y en la página WEB del Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental. En esta última se publicarán también los requisitos previstos en el art. 8 del Procedimiento de Selección.

V.- COMUNICAR la presente Resolución a los integrantes del Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental para su conocimiento.

Publíquese, comuníquese y oportunamente archívese. — María Graciela Iglesias.

e. 10/10/2017 N° 76845/17 v. 10/10/2017