SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA
Resolución 441-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-20909525-APN-DDME#SEDRONAR, los Decretos
Nros. 48 del 17 de enero de 2014 y 33 del 13 de enero de 2017, las
Resoluciones SE.DRO.NAR Nros. 304 del 26 de julio de 2017 y 307 del 25
de julio de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 33/17 establece como uno de los objetivos de la
SUBSECRETARIA DE ABORDAJE INTEGRAL de la SECRETARIA DE POLITICAS
INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACION ARGENTINA, la coordinación e
interacción con organismos gubernamentales a nivel nacional, provincial
y municipal, así como con organizaciones no gubernamentales en el
territorio nacional, que permitan desarrollar acciones y políticas
orientadas al abordaje preventivo del consumo problemático de
sustancias.
Que dentro de las funciones de esta Secretaría de Estado se encuentra
también la de promover acciones federales e intersectoriales que
generen la participación activa de los actores que trabajan en la
temática a nivel local y que se encuentran en contacto directo con la
sociedad.
Que la Resolución SEDRONAR N° 304/17 crea el “PROGRAMA DE PREVENCION DE
ADICCIONES PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” que tiene como
finalidad contribuir al fortalecimiento del sistema federal para la
concertación de acciones y proyectos destinados a la prevención del
consumo problemático de sustancias, respetando las características
culturales de cada lugar y promoviendo la participación de la Sociedad
Civil a través de organizaciones no gubernamentales, capaces de
coordinar con el Estado la implementación de los lineamientos y
acciones necesarias para la prevención del consumo problemático de
sustancias.
Que en el marco de la Resolución mencionada ut supra, desde esta
Secretaría de Estado se aprobó la Resolución SEDRONAR N° 307/17
“CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES
PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” que establece los requisitos
que deben cumplir aquellas Organizaciones de la Sociedad Civil
interesadas en participar del programa.
Que la cláusula VII, inciso 3) de esta Resolución indica que las
organizaciones podrán presentar sus proyectos dentro del plazo de DOS
(2) meses contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación
de la convocatoria en la página web y en las redes sociales de
SE.DRO.NAR.
Que luego de haber tomado contacto con más de DOSCIENTAS (200)
organizaciones a lo largo del país y, reconociendo los distintos
niveles de desarrollo institucional de las mismas, se ha reconocido que
el plazo mencionado anteriormente no es suficiente para la presentación
de proyectos por parte de las Organizaciones interesadas y que la
extensión de nuestro territorio conlleva a que la documentación exigida
para participar del programa sea trasladada por el correo en tiempos
mayores a los esperados.
Que teniendo en cuenta que el “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES
PARA ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” busca garantizar el
fortalecimiento de las organizaciones de la sociedad civil orientadas a
la prevención de las adicciones por considerarlas un actor fundamental
en el trabajo comunitario, generando condiciones de participación
democráticas, abiertas e inclusivas, resulta indispensable brindar de
plazo mayor a las mismas para la presentación de los proyectos
correspondientes.
Que la prórroga del plazo establecido en la Resolución SEDRONAR N°
307/17 responde también a la importancia de brindar una igualdad de
posibilidades a organizaciones del país que requieren de mayor
seguimiento y asesoramiento por parte de esta Secretaría.
Que por todo lo mencionado anteriormente se considera conveniente
prorrogar el plazo establecido en la cláusula VII, inciso 3) de la
Resolución SEDRONAR Nº 307/17.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS, la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN y la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA han tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos N° 48/14, N° 45/15 y N° 33/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorróguese el plazo de presentación de solicitudes para
la participación del “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE ADICCIONES PARA
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL” establecido en la cláusula VII,
inciso 3 de la RESOL-2017-307-APN-SEDRONAR a partir del 19 de
septiembre de 2017 hasta el 6 de octubre de 2017, por los motivos
expresados en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — Roberto Moro.
e. 12/10/2017 N° 77007/17 v. 12/10/2017