Ley N° 26

Ley aprobando la autorización dada por el Poder Ejecutivo á D. José Buschenthal, para negociar un empréstito

El Senado y Cámara de Diputados de la Confederación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de

ley.

Art. 1°- Apruébase la autorización dada por el Poder Ejecutivo, en acuerdo de 3 de Abril último, al caballero D. José Buschenthal para contratar en el esterior, á nombre del gobierno argentino, un empréstito por el valor nominal de cinco millones de pesos.-

Art. 2°- El artículo 9° del referido acuerdo será sustituido por el siguiente: “Art. 9° Los fondos del empréstito serán entregados en la Casa de Moneda, que el gobierno indicará al remitir la ley que apruebe este acuerdo”.

Art. 3°- En consecuencia, decláranse con fuerza de ley, los quince artículos que contiene el precitado acuerdo de autorización, entendiéndose el 9° reducido á los términos consignados en el 2° de la ley.

Art. 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

Sala de Sesiones del Senado de Paraná, capital provisoria de la Confederación Argentina, á cinco de Julio de mil ochocientos cincuenta y cinco-. SALVADOR M. DEL CARRIL.- Carlos M. Sarávia, Secretario.