Ley 330

APROBACION DE UNA CONVENCIONDE EXTRADICION CON CHILE.

BUENOS AIRES, 23 de septiembre de 1869

El Senado y Cámara de Diputados.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc.

SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Artículo 1.- Apruébase la convención de extradición celebrada en nueve de Julio del corriente año, entre el Plenipotenciario de la República Argentina y el de la República de Chile.

Art.2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FIRMANTES