SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
Decreto 823/2017
Facultades.
Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-22620536-APN-DSGA#SLYT, los Decretos
Nros. 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, y 78 del 20
de enero de 2000 y sus modificatorios y,
CONSIDERANDO:
Que por el referido Decreto Nº 357/02, entre otros aspectos, se aprobó
el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional
centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las
unidades organizativas determinadas en dicho organigrama, entre ellos,
los correspondientes a la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 78/00 y sus modificatorios se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA
LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, entre las unidades organizativas aprobadas por el decreto citado
en el considerando que antecede, se encuentra la UNIDAD DE AUDITORIA
INTERNA.
Que, en esta instancia y con motivo de la necesidad de la aprobación de
la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la referida
Unidad, resulta necesario facultar al titular de la SECRETARIA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a incorporar a dicha estructura
UN (1) cargo de conducción.
Que la DIRECCIÓN DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Facúltase al titular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a aprobar, previa intervención de la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, la estructura organizativa de segundo nivel operativo de
la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, la que deberá prever un máximo de UN
(1) cargo, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP),
correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL
homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios, el que a través
de dicho acto será incorporado en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas de la Jurisdicción, con Nivel III (Responsable de Auditoría).
ARTÍCULO 2°.- Asígnase a la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN la cantidad de UN (1) cargo vacante de planta
permanente de la reserva de cargos aprobada por el artículo 2º de la
Decisión Administrativa Nº 284 del 5 de mayo de 2017 y detallada en el
Anexo II (IF-2017-08148952-APN-MM) de dicha medida, en los términos del
artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 12 de fecha 11 de enero de
2017, para ser aplicado a la estructura organizativa cuya aprobación se
autoriza por el artículo 1° del presente decreto, correspondiendo
asignarle Nivel B, según lo dispuesto en el artículo 20 del Anexo al
Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, conforme Planilla Anexa al
presente artículo (IF-2017-24088765-APN-DGA#SLYT), que forma parte
integrante la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado a las partidas específicas del presupuesto vigente
para el corriente ejercicio de la Jurisdicción 20.02 SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 17/10/2017 N° 78928/17 v. 17/10/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)