MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decisión Administrativa 926/2017
Desígnase Director Nacional de Urbanización y Planeamiento.
Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-15692348-APN-DGRH#MI, la Ley N° 27.341,
los Decretos N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios y N° 355 del 22 de mayo de 2017, y la Decisión
Administrativa N° 797 del 4 de agosto de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.341 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Que el Decreto N° 355/17 estableció, entre otras cuestiones, que toda
designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad a las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N° 797/16 se aprobó la estructura de
primer nivel operativo del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA y se homologó y reasignó en el Nomenclador de Funciones
Ejecutivas del SINEP, la DIRECCIÓN NACIONAL DE URBANIZACIÓN Y
PLANEAMIENTO, de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
dependiente de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del citado
Ministerio con un Nivel de ponderación I.
Que el referido Ministerio solicita la designación transitoria del Ing.
D. Federico Matías BUSTELO (D.N.I. N° 24.963.527) en el cargo de
DIRECTOR NACIONAL DE URBANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO (Nivel A, Grado 0,
F.E. I del SINEP), de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO
dependiente de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del citado
Ministerio a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados
a dicha dependencia.
Que la designación transitoria solicitada debe efectuarse con
autorización excepcional por no reunir el Ingeniero BUSTELO los
requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo
III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y del artículo
2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase con carácter transitorio en la Planta
Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a
partir del 4 de agosto de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el
cargo de DIRECTOR NACIONAL DE URBANIZACIÓN Y PLANEAMIENTO (Nivel A,
Grado 0, F.E. I del SINEP), de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO
HUMANO dependiente de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, al Ing. D.
Federico Matías BUSTELO (D.N.I. N° 24.963.527), con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008,
sus modificatorios y complementarios y autorizándose el correspondiente
pago de la Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme a los
requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido,
respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3
de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, en el
término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del
dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR,
OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.
e. 20/10/2017 N° 80369/17 v. 20/10/2017