MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
Disposición 396-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2017
VISTO la Disposición N° DI-201-393-APN-DNRNPACP#MJ del 11 de octubre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el acto administrativo mencionado en el Visto, entre otras
medidas, se introdujeron varias modificaciones en el Capítulo VIII del
Título II del Digesto de Normas Técnico -Registrales del Registro
Nacional de la Propiedad del Automotor.
Que, en ese contexto, se ha advertido un error material en la
numeración de dicho Capítulo en los artículos 1°, 2° y 3° de la citada
Disposición.
Que, en consecuencia, resulta necesario proceder a su rectificación.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 101 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos.
Decreto N° 1759/72 T.O. 1991”.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Rectifícase la Disposición N° DI-201-393-APN-DNRNPACP#MJ, en la forma en que a continuación se indica:
- En las menciones referidas al “Capítulo VII” contenidas en los artículos 1°, 2° y 3°, deberá leerse “Capítulo VIII”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos Gustavo Walter.
e. 20/10/2017 N° 79649/17 v. 20/10/2017