Decreto 849/2017
Ampliación de refugios de montaña y de campamentos turísticos.
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-14326208-APN-DGA#APNAC y la Ley Nº 22.351 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se propicia la correspondiente
autorización a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES para ampliar las
instalaciones correspondientes a DOS (2) Refugios de Montaña y DOS (2)
áreas de acampe, ubicadas en jurisdicción del Parque Nacional Nahuel
Huapi, sobre la cual se desarrolla una creciente demanda turística de
este tipo de servicios.
Que del análisis del funcionamiento y disponibilidad de las sendas y
refugios existentes, en función de la demanda creciente, surge que la
infraestructura actual enfrenta límites que obligan a su revisión, tal
como se desprende de las conclusiones del taller de “Planificación del
Desarrollo, Gestión y Adecuación de los Refugios de Montaña del Parque
Nacional Nahuel Huapi”, que fueran declaradas de interés institucional
mediante Resolución Nº 215/11 del Directorio de esa ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES.
Que el proyecto consiste en ampliar las superficies construidas en los
distintos refugios y campings, a efectos de adecuar la prestación de
los servicios que allí se brindan, a las características de la demanda
actual.
Que el programa de necesidades que se propone implica, en el conjunto
de todas las ampliaciones incluidas en el presente decreto, un total de
NOVECIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (970 m2) a construir en los
Refugios General San Martín (Laguna Jakob) y Otto Meiling (Cerro
Tronador) y en los Campamentos Los Rápidos y Vuriloches (Pampa Linda),
respectivamente, de acuerdo al detalle que se acompaña en el Informe de
Factibilidad Ambiental elaborado por la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES
NACIONALES, obrante como (IF-2017-14370817-APN-DNUP#APNAC).
Que el artículo 6º de la Ley Nº 22.351 y sus modificatorias, faculta al
PODER EJECUTIVO NACIONAL a autorizar la construcción de instalaciones
destinadas a la actividad turística dentro del área de los Parques
Nacionales, en tanto no sea posible prestar desde las Reservas
Nacionales una adecuada atención y tales construcciones no signifiquen
una modificación sustancial del ecosistema.
Que por todo lo expuesto, están dadas las condiciones de excepción que
permiten considerar favorablemente la autorización solicitada.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención que le compete.
Que la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES propuso la medida en
trámite, a cuyo efecto remitió las actuaciones al MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE mediante Nota de fecha 14 de julio
del corriente año, que consta en el Módulo Generador de Documentos
Electrónicos Oficiales bajo el número (NO-2017-14491876-APN-D#APNAC).
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de conformidad con
lo dispuesto por el artículo 6º de la Ley Nº 22.351 y sus
modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase a la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES a la
construcción, de las obras de ampliación de DOS (2) Refugios de Montaña
y DOS (2) Campamentos Turísticos, ubicados en jurisdicción del Parque
Nacional Nahuel Huapi, con una superficie máxima total (FOT - Factor de
Ocupación Total) de NOVECIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS (970 m2),
según el detalle obrante en el Anexo (IF-2017-24832833-APN-JGA#MAD) que
forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Sergio
Alejandro Bergman.
ANEXO
DETALLE DE SUPERFICIES DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN:
• Refugio Otto Meiling (Cerro Tronador): Construcción de aproximadamente TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (372 m2).
• Refugio General San Martín (Laguna Jakob): Construcción de aproximadamente DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (240 m2).
• Campamento Los Rápidos: Construcción de aproximadamente TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS (312 m2).
• Campamento Los Vuriloches - Pampa Linda: Construcción de aproximadamente CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (46 m2).
IF-2017-24832833-APN-JGA#MAD
e. 24/10/2017 N° 81284/17 v. 24/10/2017