PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Decreto 851/2017

Modificación. Decreto N° 1165/2016.

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2017

VISTO: el Expediente N° EX- 2017-21532850-APN-DIYAN#MM, la Ley N° 25.164, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, sus modificatorios y complementarios, 1165 del 11 de noviembre de 2016 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 dispuso que el personal podrá revistar en el régimen de estabilidad, en el régimen de contrataciones, o como personal de gabinete de las autoridades superiores.

Que por otra parte, la citada normativa dispone que el régimen de estabilidad comprende al personal que ingrese por los mecanismos de selección que se establezcan.

Que a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, resultó de imperiosa e ineludible necesidad designar transitoriamente a personal en cargos de la planta permanente de las mismas por un plazo limitado a efectos de permitir se sustancien los correspondientes procesos de selección.

Que por el Decreto N° 1165/2016 se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que el artículo 2° del citado decreto prescribe que dichas prórrogas no pueden exceder del 31 de octubre de 2017.

Que ante la necesidad operativa de prorrogar dichas designaciones transitorias en la planta permanente, hasta tanto la Autoridad de Aplicación finalice el rediseño de los mecanismos más óptimos para una eficaz selección del personal, resulta oportuno modificar la fecha establecida en el artículo 2° del Decreto N° 1165/16.

Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ambas del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 1165/16, por el siguiente: “ARTÍCULO 2°.- En ningún caso la prórroga de la designación que se instrumente en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo primero de la presente medida podrá exceder el 31 de octubre de 2018.”.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Andrés Horacio Ibarra.

e. 24/10/2017 N° 81285/17 v. 24/10/2017