PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Decreto 851/2017
Modificación. Decreto N° 1165/2016.
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2017
VISTO: el Expediente N° EX- 2017-21532850-APN-DIYAN#MM, la Ley N°
25.164, los Decretos N° 1421 del 8 de agosto de 2002, sus
modificatorios y complementarios, 1165 del 11 de noviembre de 2016 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 7° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional N° 25.164 dispuso que el personal podrá revistar en el
régimen de estabilidad, en el régimen de contrataciones, o como
personal de gabinete de las autoridades superiores.
Que por otra parte, la citada normativa dispone que el régimen de
estabilidad comprende al personal que ingrese por los mecanismos de
selección que se establezcan.
Que a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las distintas
Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública
Nacional, resultó de imperiosa e ineludible necesidad designar
transitoriamente a personal en cargos de la planta permanente de las
mismas por un plazo limitado a efectos de permitir se sustancien los
correspondientes procesos de selección.
Que por el Decreto N° 1165/2016 se facultó a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que
oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el
Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las
designaciones y/o últimas prórrogas.
Que el artículo 2° del citado decreto prescribe que dichas prórrogas no pueden exceder del 31 de octubre de 2017.
Que ante la necesidad operativa de prorrogar dichas designaciones
transitorias en la planta permanente, hasta tanto la Autoridad de
Aplicación finalice el rediseño de los mecanismos más óptimos para una
eficaz selección del personal, resulta oportuno modificar la fecha
establecida en el artículo 2° del Decreto N° 1165/16.
Que ha tomado la intervención que le compete la SECRETARÍA DE EMPLEO
PÚBLICO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ambas del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto N° 1165/16, por el
siguiente: “ARTÍCULO 2°.- En ningún caso la prórroga de la designación
que se instrumente en ejercicio de la facultad otorgada por el artículo
primero de la presente medida podrá exceder el 31 de octubre de 2018.”.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Andrés Horacio
Ibarra.
e. 24/10/2017 N° 81285/17 v. 24/10/2017