PRESUPUESTO
Decisión Administrativa 942/2017
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017.
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-23477004-APN-DMEYN#MHA, la Ley Nº 27.341
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2017 y la Decisión Administrativa Nº 12 del 11 de enero de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2017, no incluye previsiones para atender, entre otros
conceptos, el incremento de las remuneraciones anuales del Sector
Público Nacional.
Que en ese contexto, corresponde incrementar los créditos vigentes del
Inciso1- Gastos en Personal necesario para atender las necesidades
salariales.
Que con el objeto de atender un conjunto de adquisiciones y
contrataciones de bienes y servicios, se incrementan los créditos
vigentes de la PROCURACIÓN GENERAL DE LA NACIÓN.
Que a fin de cumplir con los compromisos asumidos por el Programa
Municipios en Acción, se adecuan los créditos de la SECRETARÍA DE
POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, dependiente
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que resulta necesario llevar a cabo una compensación crediticia entre
la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y el SISTEMA
FEDERAL DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS, dependiente de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, para posibilitar el financiamiento de los gastos
de funcionamiento de la Cumbre del G-20 cuyas oficinas se ubican en el
edificio del Centro Cultural Kirchner.
Que asimismo, la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
propicia efectuar una compensación de créditos con el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN, para financiar erogaciones de la SECRETARÍA DE DEPORTES,
transferida a la citada SECRETARÍA GENERAL mediante el Decreto N° 678
del 24 de agosto de 2017, dado que hasta el final del ejercicio 2017
esa dependencia continuará con el apoyo administrativo-financiero del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que es necesario reforzar los créditos vigentes de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS para la atención de las necesidades de difusión
de los actos de gobierno.
Que es menester incrementar gastos de capital de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo actuante en la órbita de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para lo cual se incrementan su
cálculo de recursos vigente.
Que a los efectos de colaborar con la organización de la Onceava
Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio, el
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO cede créditos al MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN.
Que a fin de afrontar los costos de logística y organización de los
comicios en el exterior, el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA le transfiere créditos al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Y CULTO.
Que con la finalidad de atender gastos relativos a la atención de la
población penal y el pago del peculio a los internos que trabajan en
los talleres de laborterapia, se incrementa el Presupuesto vigente del
SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL y del ENTE DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y
FINANCIERA DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, actuantes en el ámbito
del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
Que el refuerzo citado en el considerando anterior se compensa con una
reducción de los créditos vigentes del MINISTERIO DE JUSTICIA Y
DERECHOS HUMANOS.
Que es menester modificar el Presupuesto vigente de la POLICÍA DE
SEGURIDAD AEROPORTUARIA, actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, con el objeto de incorporar los recursos remanentes
correspondientes al ejercicio 2016 provenientes de la prestación del
servicio de policía adicional.
Que corresponde reforzar el presupuesto de la Caja de Retiros,
Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina destinado a
atender el pago de sentencias judiciales previsionales.
Que mediante la Resolución N° 586 del 31 de julio de 2017 del
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS se incrementó el haber
mensual del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Que a través de los Decretos Nros. 475 y 477 ambos del 30 de junio de
2017 se incrementó el haber mensual del personal de las Fuerzas Armadas.
Que por efecto de las citadas medidas se recomponen en forma directa
los haberes de los jubilados, retirados y pensionados de la citadas
fuerzas armadas y de seguridad.
Que ese refuerzo se financia con una mayor recaudación por aportes y contribuciones a la prevista en el presupuesto vigente.
Que ante la necesidad de cancelar gastos derivados del uso de personal
y medios de las Fuerzas Armadas empeñados en la atención de emergencias
naturales y antrópicas de nuestro país, el MINISTERIO DE SEGURIDAD
transfiere créditos al MINISTERIO DE DEFENSA.
Que mediante el Decreto N° 746 del 25 de septiembre de 2017 se
transfieren a partir del 1 de octubre de 2017, a la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, las funciones de tramitación, otorgamiento, liquidación y pago
de las prestaciones no contributivas que hasta esa fecha se encontraban
a cargo de la ex COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES, con
excepción de aquellas otorgadas por invalidez en el marco de la Ley N°
13.478, sus complementarias y modificatorias y las derivadas de la
aplicación de las Leyes N° 26.928 y N° 25.869.
Que a efectos de atender lo dispuesto en el citado decreto resulta
necesario transferir créditos de la ex COMISIÓN NACIONAL DE PENSIONES
ASISTENCIALES a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Que resulta necesario incrementar en el MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA las
erogaciones correspondientes a las compensaciones a la producción de
soja, en el marco del Plan Belgrano.
Que es menester incorporar saldos remanentes de donaciones de la citada
jurisdicción para atender erogaciones relacionadas con el Proyecto
“Adaptación y Resiliencia de la Agricultura Familiar del Noreste de
Argentina ante el Impacto del Cambio Climático y su Variabilidad”.
Que, por otra parte, corresponde incrementar los recursos de Fuente de
Financiamiento 13 – Recursos con Afectación Específica, derivados del
incremento en la recaudación del Fondo Nacional Pesquero y, asimismo,
los créditos de esa misma Fuente de Financiamiento del MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA y del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO, organismo descentralizado actuante en la órbita del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
Que, resulta necesario incrementar los créditos y recursos del
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para adecuar las
redes de gas natural de ese Instituto.
Que es menester reforzar el crédito vigente del INSTITUTO NACIONAL DE
PROMOCIÓN TURÍSTICA, organismo descentralizado actuante en la órbita
del MINISTERIO DE TURISMO, con el objeto de atender erogaciones
inherentes a las actividades de marketing y promoción del Turismo
Receptivo Internacional. El mencionado incremento se compensa con una
reducción del presupuesto de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que asimismo, el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA propicia
reasignar sus créditos mediante compensación con aplicaciones
financieras, ante la necesidad de cumplir en tiempo y forma con
compromisos ya asumidos.
Que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE
recibe de parte de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
un aporte que tiene por fundamento atender gastos correspondientes a
actividades y proyectos comunes entre ambas instituciones.
Que la AGENCIA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL propicia incorporar mayores
recursos propios para financiar las transferencias al Fondo de
Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria.
Que resulta necesario incrementar en el MINISTERIO DE TRANSPORTE los
créditos correspondientes a los subsidios al transporte automotor y
ferroviario de pasajeros.
Que por otra parte corresponde incrementar los créditos y recursos
presupuestarios de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, en
la parte correspondiente a la Fuente de Financiamiento 14 –
Transferencias Internas, provenientes del Fondo Fiduciario del Sistema
de Infraestructura de Transporte creado en virtud del Decreto Nº 976
del 31 de julio de 2001.
Que es necesario incrementar los recursos de Fuente de Financiamiento
13 – Recursos con Afectación Específica en el MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA, correspondientes al Fondo Especial de Desarrollo Eléctrico del
Interior y al Fondo Nacional de Energía Eléctrica y destinarlos los
mismos a transferencias corrientes y de capital a gobiernos
provinciales.
Que, asimismo, es menester propiciar un incremento en los créditos
presupuestarios correspondientes a gastos en personal y otros gastos
operativos, en el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
financiados con una baja de las Aplicaciones Financieras.
Que por otra parte, resulta necesario propiciar una compensación de
créditos entre el ex MINISTERIO DE COMUNICACIONES y el ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, a fin de atender mayores gastos en personal en éste
último.
Que, asimismo, resulta necesario un refuerzo de los créditos
presupuestarios correspondientes al mencionado ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES, a fin de asignar fondos al Instituto Superior de
Enseñanza Radiofónica (ISER) para financiar el pago del Fondo Nacional
de Incentivo Docente (FONID).
Que el citado refuerzo, se financia con una reducción de las
asignaciones presupuestarias correspondientes al MINISTERIO DE
EDUCACIÓN.
Que en el artículo 12 de la Ley Nº 27.341 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2017, se fija el crédito
total de las Universidades Nacionales, y se faculta al señor Jefe de
Gabinete de Ministros a ampliar los créditos de dichas casas de estudio
según el detalle de la planilla B anexa al mencionado artículo.
Que a fin de cumplimentar lo dispuesto en el segundo párrafo del citado
artículo, es necesario modificar el presupuesto vigente del MINISTERIO
DE EDUCACIÓN, Programa 26 - Desarrollo de la Educación Superior, a los
efectos de atender gastos de las Universidades Nacionales.
Que asimismo se incrementan los créditos del presupuesto vigente del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN a fin de atender gastos derivados del Plan de
Finalización de Estudios Primarios y Secundarios FinEs.
Que resulta oportuno incrementar el presupuesto vigente del FONDO
NACIONAL DE LAS ARTES organismo descentralizado actuante en el ámbito
del MINISTERIO DE CULTURA, con el objeto de atender los gastos que
demandan la continuidad de los proyectos que desarrolla la institución.
Que esos refuerzos se financian con una incorporación de mayores
Recursos Propios en concepto de Derechos de Autor e Intereses respecto
al presupuesto vigente.
Que se requiere modificar el presupuesto vigente del INSTITUTO NACIONAL
DEL TEATRO, organismo descentralizado del MINISTERIO DE CULTURA, a fin
de financiar los mayores gastos que requiere el funcionamiento del
organismo.
Que es menester incrementar los créditos del presupuesto vigente del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a fin de atender las
mayores necesidades de los Programas Nacionales de Empleo.
Que resulta necesario modificar por compensación el presupuesto vigente
del MINISTERIO DE SALUD, con el objeto de atender gastos inherentes al
funcionamiento del HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.MI.C “PROFESOR DR. JUAN P.
GARRAHAN”.
Que asimismo se aumenta el presupuesto vigente del HOSPITAL NACIONAL
“DR. BALDOMERO SOMMER”, la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA, el INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO
COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE, el HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR
ALEJANDRO POSADAS”, la COLONIA NACIONAL “DR. MANUEL A. MONTES DE OCA” y
el INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR “DR. JUAN
OTIMIO TESONE”, todos actuantes en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que tal aumento se financia con el incremento del cálculo de recursos propios.
Que es oportuno adecuar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE a efectos de financiar el diseño,
implementación y monitoreo del Proyecto “La escuela se planta ante el
cambio climático”.
Que es necesario reforzar el presupuesto vigente del MINISTERIO DE
DESARROLLO SOCIAL, a fin de afrontar erogaciones de distintos programas
sociales a su cargo.
Que es necesario adecuar los créditos presupuestarios incluidos en la
órbita de la Jurisdicción 91 - OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
destinados al CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD
ANÓNIMA, a CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO y al CONSEJO FEDERAL
DE RESPONSABILIDAD FISCAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE HACIENDA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las disposiciones
establecidas en el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y
de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus
modificaciones y en los artículos 9º y 30 de la Ley Nº 27.341 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2017, conforme con el detalle obrante en las
Planillas Anexas (IF-2017-24737080-APN-SECH#MHA) al presente artículo.
ARTÍCULO 2º.- Amplíase el límite establecido en el artículo 30 de la
Ley Nº 27.341 para la cancelación de deudas previsionales, quedando en
consecuencia determinado de acuerdo con el siguiente detalle:
Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares | 1.329.918.189 |
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina | 1.298.000.000 |
Servicio Penitenciario Federal | 50.000.000 |
Gendarmería Nacional | 360.811.000 |
Prefectura Naval Argentina | 18.000.000 |
Total | 3.056.729.189 |
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Nicolas Dujovne.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y
también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección
Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 24/10/2017 N° 81295/17 v. 24/10/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)