JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA E INVERSIÓN PÚBLICA

Disposición 1-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-20049921-APN-DDYME#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N° 24.354, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios y 696 de fecha 4 de septiembre de 2017 y la Resolución de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCION N° 24 de fecha 31 de agosto de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 24.354 se creó el Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP), cuyos objetivos son la iniciación y actualización permanente de un inventario de proyectos de inversión pública nacional y la formulación anual y gestión del Plan Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).

Que a través del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, facultando a la SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA E INVERSIÓN PÚBLICA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a dictar, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas, creado por la Ley N° 24.354, las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrar todos los actos que se requieran para la debida implementación del mismo.

Que el artículo 11 de la Ley N° 24.354 establece que el monto máximo del programa o proyecto de inversión que podrá ser aprobado directamente por el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversión Pública no podrá superar en ningún caso el UNO POR MIL (1‰) del presupuesto anual de inversión pública nacional, correspondiente al ejercicio anual inmediato anterior.

Que por las Resoluciones de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN Nros. 175 de fecha 15 de octubre de 2004, 108 de fecha 27 de mayo de 2005, 21 de fecha 25 de enero de 2007 y 171 de fecha 8 de octubre de 2008, de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N° 72 de fecha de 8 de junio de 2010, de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS N° 28 de fecha 21 de marzo de 2012, y de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N° 24 de fecha 31 de agosto de 2016, se actualizaron sucesivamente los montos referidos para los sucesivos Planes Nacionales de Inversiones Públicas.

Que, actualmente, el monto máximo previsto en la Resolución de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N° 24/16 es de PESOS CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES ($ 148.000.000.-).

Que el monto de crédito inicial destinado a inversión pública nacional para el año 2016 fue de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($ 204.393.405.280.-), el cual se obtiene de consolidar el crédito inicial de Inversión Real Directa (PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL OCHENTA - $ 46.543.690.080.-); de Transferencias de Capital (CIENTO CATORCE MIL CIENTO VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS - $ 114.125.826.-) y de Inversión Financiera (CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS – $ 43.723.888.500.-).

Que, por lo expuesto, resulta necesario fijar un nuevo monto en concordancia con el incremento del presupuesto anual de inversión pública nacional correspondiente al período 2016, a fin de agilizar la operatoria del Sistema Nacional de Inversiones Públicas (SNIP).

Que mediante el IF-2017-22788505-APN-DGAJ#JGM la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 357/02 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA E INVERSIÓN PÚBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjase el monto máximo de PESOS DOSCIENTOS MILLONES ($ 200.000.000.-) del programa o proyecto de inversión que podrá aprobar directamente el organismo o ente iniciador para su inclusión en el Plan Nacional de Inversiones Públicas (PNIP).

ARTÍCULO 2°.- La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. — Maximiliano Castillo Carrillo.

e. 24/10/2017 N° 80769/17 v. 24/10/2017