ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 528/2017

Buenos Aires, 26/10/2017

VISTO las Resoluciones ENRE N° 526 y ENRE N° 527, ambas de fecha 25 de octubre de 2017, la Resolución MINEM N° 403, también de la misma fecha, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución ENRE N° 526 de fecha 25 DE OCTUBRE DE 2017 el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) resolvió en su ARTICULO 1 Convocar a Audiencia Pública con el objeto de informar el impacto que tendrán en la factura de los usuarios de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE S.A. (EDENOR S.A.) y de la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR S.A. (EDESUR S.A.) las medidas que el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha de implementar como resultado de la Audiencia Pública que dicho Ministerio ha convocado por Resolución MINEM N° 402 de fecha 25 de octubre de 2017, en relación a los precios del Mercado Eléctrico Mayorista, al retiro de subsidios del transporte de energía eléctrica, y a los criterios de reparto entre los usuarios del transporte de la remuneración de los Transportistas que este Ente resolviera en oportunidad de la Revisión Tarifaria Integral de Transporte de Energía Eléctrica.

Que por el ARTICULO 2. de la referida Resolución ENRE N° 526/2017 se resolvió que la Audiencia Pública se llevará a cabo en el “Palacio de las Aguas Corrientes”, sito en Ayacucho 751 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, el día viernes 17 de noviembre de 2017, a continuación de la Audiencia Pública convocada por el Señor Ministro de Energía y Minería por medio de la Resolución MINEM N° 402 de fecha 25 de octubre de 2017.

Que en el Visto y en el Primer Considerando de la Resolución ENRE N° 527 de fecha 25 de octubre de 2017, se hace expresa mención de la Resolución MINEM N° 402 también de fecha 25 de octubre de 2017, por la cual se requirió la colaboración de este ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), a los efectos del desarrollo de las tareas atinentes a la inscripción de interesados y gestión de los centros de participación previstos para la Audiencia Pública convocada por el mismo acto, así como también en otras tareas de asistencia a la Autoridad Convocante y al Área de Implementación de la misma, a celebrarse el día 17 de noviembre de 2017 en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Que, asimismo se menciona a la Resolución MINEM N° 402/17 como fundamento de las facultades del ENRE para el dictado de su Resolución aludida en el anterior considerando y en el ARTICULO 1 de la Resolución ENRE N° 527/17 al resolver Habilitar, el Registro de Participantes para la Audiencia Pública convocada para el día 17 de noviembre de 2017 por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA por Resolución N° 402 de fecha 25 de octubre de 2017.

Que, se ha detectado un error material en la mención del número de la Resolución Ministerial, siendo lo correcto mencionar a la Resolución dictada por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA con el N° 403 de fecha 25 de octubre de 2017.

Que, en consecuencia, es necesario corregir el referido error material en los términos del Artículo 101 del Decreto 1883/91 (t.o) reglamentario de la Ley N° 19549,

Que se ha emitido el Dictamen Legal establecido por el Artículo 7 Inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está facultado para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en el Artículo 101 del Decreto 1883/91 (t.o) reglamentario de la Ley N° 19.549.

Por ello:

EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Corregir el error material detectado en los Artículos 1 y 2 de la Resolución ENRE N° 526 y en el Visto, Primer y último Considerandos y Artículo 1 de la Resolución ENRE N° 527, ambas de fecha 25 de octubre de 2017 y aclarar que donde en las mismas se menciona a la Resolución MINEM N° 402 del 25 de octubre de 2017, corresponde mencionar a la Resolución MINEM N° 403 de fecha 25 de octubre de 2017.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, a la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA, a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, al ENTE REGULADOR DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS DE FORMOSA, al ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SALTA, al ENTE PROVINCIAL REGULADOR DE MENDOZA, a la DIRECCION PROVINCIAL DE REGULACION Y TARIFAS DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y SERVICIOS PUBLICOS Y RECURSOS NATURALES, Provincia del NEUQUÉN, al ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TRELEW, Provincia de CHUBUT, a la Asociación de Transportistas de Energía Eléctrica de la República Argentina (ATEERA), Asociación de Generadores de Energía Eléctrica de la República Argentina (AGEERA), Asociación de Grandes Usuarios de Energía Eléctrica de la República Argentina (AGUEERA), Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADEERA) y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor (R.N.A.C.).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Defensoría del Pueblo de la Nación y a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, a la Autoridad Sectorial de cada una de las Provincias que integran la REPÚBLICA ARGENTINA, así como a las Defensorías del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la Provincia de Buenos Aires y de cada una de las jurisdicciones provinciales correspondientes, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los Municipios comprendidos en las áreas de concesión de EDENOR SA y EDESUR SA,

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, regístrese, publíquese por DOS (2) días consecutivos, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Ricardo A. Martínez Leone, Presidente. — Marta I. Roscardi, Vicepresidente. — Carlos M. Bastos, Director.

e. 27/10/2017 N° 82665/17 v. 30/10/2017