MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución 4049-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2017
VISTO La Ley de Educación Nacional Nº 26.206, el PLAN ESTRATÉGICO
NACIONAL 2016-2021 “ARGENTINA ENSEÑA Y APRENDE” aprobado por Resolución
del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN N° 285 de fecha 23 de agosto de 2016,
el Expediente Electrónico Nº EX-2017-19518586- APN-SECIYCE#ME, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, en su Artículo 11 define,
entre los fines y objetivos de la política educativa nacional, en el
inciso l) “fortalecer la centralidad de la lectura y la escritura, como
condiciones básicas para la educación a lo largo de toda la vida, la
construcción de una ciudadanía responsable y la libre circulación del
conocimiento” y en el inciso t) “brindar una formación que estimule la
creatividad, el gusto y la comprensión de las distintas manifestaciones
del arte y la cultura”.
Que la citada Ley, en su artículo 91 establece que el MINISTERIO DE
EDUCACIÓN DE LA NACIÓN “implementará planes y programas permanentes de
promoción del libro y la lectura”.
Que en el Plan Estratégico Nacional 2016/2021 “Argentina Enseña y
Aprende” (Resolución CFE N° 285/16) concibe a la educación “como un
bien público y un derecho personal y social”, que constituye un pilar
fundamental para la conformación de una sociedad más justa, equitativa,
inclusiva y democrática, impulsando la formulación de políticas
educativas que contribuyan al desarrollo social, cultural, productivo y
creativo del país, favoreciendo las resoluciones de problemas que hacen
a la mejora en la calidad de vida de nuestra sociedad, como la
reducción de la desigualdad y la erradicación de la pobreza”.
Que en dicho Plan se define, entre sus ejes y objetivos prioritarios,
en el ítem 1.3.7. la “implementación de acciones tendientes a
fortalecer los aprendizajes prioritarios para el desarrollo de
capacidades complejas, con énfasis especial en capacidades para el
dominio de la comprensión lectora y la escritura, la resolución de
problemas, el trabajo en equipo, el uso activo de conceptos y modelos
de las ciencias para interpretar el mundo y el desarrollo
socioemocional de los/as estudiantes”.
Que en el mismo sentido se encuentra en elaboración el Marco de
Organización de los Aprendizajes (MOA) que define que en el
“aprendizaje real, con sentido y relevante: los/as estudiantes
participan en experiencias de aprendizaje que son relevantes para su
vida de hoy, los prepara para su vida futura y para aprender durante
toda la vida, aprenden abordando temas multifacéticos o problemas
reales, complejos que son relevantes tanto para el estudiante como para
el docente y la sociedad, viables con respecto a la etapa de desarrollo
del alumno, al contexto, a los recursos y claramente encuadrados para
que inviten a realizar una indagación con propósito a través de dos o
más disciplinas, y que van más allá del aprendizaje limitado al
ambiente del aula y a contenidos disciplinares aislados o fragmentados.
Interactúan y aprenden con otros en contextos reales o virtuales,
locales o globales, dentro y fuera del espacio escolar.
Que el Plan Nacional de Lectura y Escritura tiene como propósito
implementar a nivel nacional una política pública que promueva la
adquisición y el fortalecimiento de las prácticas de lectura, escritura
y oralidad en todos los niveles educativos.
Que el precitado Plan Nacional tiene entre sus objetivos diseñar
estrategias y propuestas, en diálogo con los equipos jurisdiccionales,
para fortalecer los itinerarios lectores y las prácticas de escritura
de docentes y alumnos del país.
Que dicho Plan Nacional promueve un trabajo pedagógico que integre la
lectura y la escritura con otros lenguajes artístico expresivos.
Que las propuestas reconocidas en esta convocatoria serán difundidas públicamente.
Que la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN Y CALIDAD EDUCATIVA ha desarrollado y
analizado la propuesta, junto a sus bases y condiciones, tomando la
intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha emitido el dictamen de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por Decreto 438/92) y sus
modificatorias.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar las Bases del Proyecto “ESCUELAS ESCRITORAS.
Cuentos colectivos de nuestros alumnos”, que como ANEXO
(IF-2017-22386468-APN-SECGE#ME) forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Alejandro Finocchiaro.
ANEXO
“ESCUELAS ESCRITORAS”
Cuentos colectivos de Nuestros alumnos.
Una propuesta de escritura colectiva en el marco de la Semana de la
Lectura y la Escritura que permita poner en juego diversas prácticas de
lectura y escritura, fomentando la lectura de literatura en las
escuelas y la capacidad de producción y expresión escrita.
Una propuesta que permitirá la elaboración y difusión de un libro
impreso y digital que presente las producciones colectivas de los
niños/as y jóvenes de cada una de las jurisdicciones.
Cuándo
Primer etapa
Desde el 15 de setiembre hasta el 23 de octubre de 2017.
Documento con propuestas para la escritura de textos breves narrativos ficcionales con alumnos de diversos niveles.
Difusión del documento al sistema educativo por parte de los equipos nacional y jurisdiccionales.
Proceso de escritura en las escuelas.
Segunda etapa
Del 23 al 27 de octubre de 2017
Lectura y selección de un trabajo por escuela, por nivel educativo.
Producción de ilustraciones colectivas del texto seleccionado.
Lectura en voz alta y con la comunidad de todas las producciones.
Destinatarios
Esta propuesta está destinada a alumnos/as de preescolar, último ciclo
de las escuelas primarias y ciclo orientado de las escuelas secundarias.
Cada escuela podrá desarrollar las consignas en la totalidad de grados
y/o curso de esos ciclos, o bien, en un solo grado o curso..
Dinámica de trabajo
Se propone que cada sala/grado/año escriba UN (1) único texto breve
narrativo ficcional bajo la dinámica de escritura colectiva, y realice
UNA (1) ilustración colectiva y el registro audiovisual de la
experiencia.
Para ello, se pondrán a disposición materiales y sugerencias de
propuestas de trabajo desde el Plan Nacional de Lectura y Escritura. El
texto será resultado de un proceso de trabajo previo que cada docente
desarrollará con el grupo de alumnos/as de cada escuela entre los meses
de setiembre y octubre. Diversas consignas previas de lectura y
escritura que, en relación con las prácticas que cada docente
desarrolla durante el ciclo lectivo, permitan preparar al grupo para
escribir y reescribir, entre todos, un único cuento por grado/curso.
Algunos ejemplos de instancias previas a la producción del cuento:
• Exploración, a cargo de docentes y bibliotecarios, de los libros
disponibles en las bibliotecas de las escuelas para promover la lectura
y la producción literaria.
• Selección de un corpus de cuentos para leer y poner en diálogo con
los alumnos/as, conociendo diversos autores literarios. Generación de
espacios de conversación literaria que enriquezcan la posterior
escritura del cuento.
• Realización de consignas de escritura automática, tanto en el espacio del aula como en plataformas digitales.
• Desarrollo de consignas para la construcción del espacio, el tiempo, los personajes.
• Apertura de espacios de talleres literarios que permitan volver sobre lo escrito y favorezcan las estrategias de revisión.
Algunos ejes a considerar para la/s consigna/s de producción del cuento:
• Poner a disposición una serie de “inicios”.
• Escribir a partir de un cuadro o una música.
• Proponer algún género específico.
Estos ejes tienen el propósito de:
• Fomentar la expresión escrita.
• Analizar, leer diversos autores.
• Conocer las reglas y modos de producción literaria en el marco de los Núcleos de Aprendizaje Prioritarios (NAPs).
Luego de haber escrito el cuento, se convocará, durante la Semana de la
Lectura y la Escritura, a cada grado/curso a realizar una ilustración
colectiva en la que se podrán poner en juego diversas técnicas
artísticas.
Sobre los aspectos formales del texto narrativo ficcional
El texto final de cada grupo tendrá una extensión máxima 6.000
caracteres con espacio (3 páginas A4), letra arial 12 a espacio
interlineado 1 ½ . Deberá tener un título y la autoría corresponderá a
la la sala, el grado o el año del grupo escolar, al que se le adjuntará
en hoja aparte un listado de los y las participantes de cada grupo.
Sobre la ilustración colectiva
La ilustración puede realizarse durante la Semana de la Lectura y la
Escritura. En esta semana los grupos tiene la posibilidad de ilustrar
tanto sus propias narraciones como las de otros grupos según lo defina
cada escuela. La ilustración colectiva deberá ser bidimensional, de
tamaño A3 como máximo, y podrán desarrollarse con diversos materiales y
técnicas (collage, tintas sobre papel, témperas, acuarelas, acrílicos,
etc.). En caso de hacer una ilustración digital el archivo deberá tener
extensión TIF con un mìnimo de 300 dpi de resolución y un mínimo 1800
pixeles por lado.
El Comité será el encargado de avisar a las escuelas los modos en que
deben hacer llegar las ilustraciones de aquellos relatos seleccionados.
Sobre el registro audiovisual
Con el propósito de compartir con la comunidad educativa el devenir del
proceso creativo de cada grupo, se propone que la escuela registre en
forma audiovisual algunos momentos de la producción. El registro no
tiene que ser profesional, sino que debe transmitir de manera fiel los
momentos, sensaciones y vivencias de los participantes. Por eso puede
ser registrado con la cámara de un celular, una cámara fotográfica que
filme, tablet, webcame, etc. Se propone en lugar de hacer una filmación
extensa se realicen videos de no más de DOS (2) minutos. El Comité será
el encargado de avisar a las escuelas los modos en que deben hacer
llegar los videos (no más de tres) de aquellos relatos seleccionados.
Estos videos deben ser entregados en crudo ya que la edición final
quedará a cargo del equipo nacional del PNLE.
Proceso de selección de los textos narrativos ficcionales
Cada escuela debe seleccionar UN (1) cuento por nivel
(inicial/primaria/secundaria) y enviarlo al Comité de Selección
Provincial con sus respectivas ilustraciones y audiovisuales si los
hubiera. Para seleccionar el cuento, cada escuela puede dedicar un
encuentro de lectura junto con la comunidad en el marco de la Semana de
la Lectura y la Escritura. Para realizar esta actividad los docentes
contarán con propuestas específicas en el Minisitio de la Semana.
El Comité de Selección Provincial estará integrado y a cargo del Equipo
Jurisdiccional del Plan de Lectura y Escritura y actores que se
convoque ad hoc (supervisores, directores, especialistas). Este Comité
elegirá CINCO (5) textos narrativos ficcionales por nivel
(inicial/primaria/secundaria), es decir que al final del proceso de
selección cada jurisdicción contará con QUINCE (15) narraciones. Una
vez hecho este proceso el Comité solicitará a las escuelas las
ilustraciones y los videos que acompañan las narraciones. Una vez
recopilado todo el material enviará los textos seleccionados con sus
respectivas ilustraciones y audiovisuales al Equipo Nacional del PNLE.
El Equipo Nacional publicará los cuentos elegidos por los comités
provinciales en el minisitio del PNLE y seleccionará un cuento por
provincia y por nivel para la producción de del libro impreso.
IF-2017-22386468-APN-SECGE#ME
e. 01/11/2017 N° 83053/17 v. 01/11/2017