MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución 4092-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2017
VISTO la Ley de Educación Superior Nº 24.521, el Decreto Nº 576 de
fecha 30 de mayo de 1996 y el Expediente N° EX-
2017-15694605-APN-DD#ME; y,
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el VISTO tramita la reforma de los artículos 1º y 14º del Estatuto de la UNIVERSIDAD DE MORÓN.
Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 34 de la Ley N°
24.521 de Educación Superior y 18 de su Decreto reglamentario N° 576 de
fecha 30 de mayo de 1996, las Instituciones Universitarias privadas con
autorización definitiva deben comunicar a este MINISTERIO DE EDUCACIÓN
las modificaciones que introduzcan en sus estatutos académicos a
efectos de verificar la adecuación del proyecto de reforma estatutaria
a la legislación vigente y ordenar, de corresponder, la pertinente
publicación en el Boletín Oficial.
Que la reforma del estatuto de la UNIVERSIDAD MORÓN fue aprobada por la
Asamblea Universitaria de fecha 30 de junio de 2017; habiéndose
acompañado una transcripción de la respectiva acta.
Que analizada la enunciada reforma estatutaria, no existen objeciones que formular.
Que ha tomado la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN NACIONAL
DE GESTIÓN UNIVERSITARIA, dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS
UNIVERSITARIAS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la debida intervención.
Que las facultades para dictar el presente acto resultan de lo
dispuesto por el artículo 34 de la Ley de Educación Superior Nro.
24.521.
Por ello,
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar la reforma de los artículos 1º y 14º del Estatuto
de la UNIVERSIDAD DE MORÓN que se trajo a consideración de este
MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
ARTÍCULO 2°.- Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del nuevo
texto de los artículos 1º y 14º del Estatuto Académico de la
UNIVERSIDAD DE MORÓN que obra como Anexo (IF-2017-16880702-APN-
DNGU#ME) de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — Alejandro Finocchiaro.
ANEXO
ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD DE MORÓN.
ARTICULO 1°
La Universidad de Morón es una Institución de Educación Universitaria
de Gestión Privada, integrante del Sistema Universitario Argentino,
dedicada a enseñar, generar, comunicar y transferir conocimientos de
nivel superior, en todas sus modalidades, con calidad y excelencia
académicas, de conformidad con los postulados de la Constitución
Nacional, las Normas Nacionales de Educación General y Superior, la
Legislación aplicable y las normas del presente Estatuto y sus
reglamentos. Su Casa Matriz se encuentra en la calle Machado 854 de la
Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, y su Sede Central
en la calle Lima 221 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República
Argentina.
ARTICULO 14°
Podrá ser designado Rector Emérito quien hubiere desempeñado el cargo
de Rector por un término mínimo de doce años, continuados o alternados;
reuniere las condiciones para ser profesor emérito y sobradas
evidencias de haber conducido, a través de su gestión como Rector, un
avance notable y comprobable de la función y la estructura académica de
la Universidad. La designación de Rector Emérito la efectuará el
Consejo Superior por decisión de la mayoría absoluta de sus integrantes.
Podrá ser designado Vicerrector Emérito, conforme el procedimiento
establecido en el presente, quien reúna las mismas cualidades
establecidas para acceder al cargo de Rector Emérito y al menos doce
años en gestión de Decano y Vicerrector o Vicerrector.
IF-2017-16880702-APN-DNGU#ME
e. 01/11/2017 N° 83052/17 v. 01/11/2017