Resolución 591-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-16445335-APN-DDYME#MP, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, el Reglamento de Procedimientos Administrativos.
Decreto N° 1.759/72 - T.O. 2017, los Decretos Nros. 434 de fecha 1 de
marzo de 2016, 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016 y 894 de fecha 1 de
noviembre de 2017, y la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 434 de fecha 1 de marzo de 2016 se aprobó el
Plan de Modernización del Estado como el instrumento mediante el cual
se definen los ejes centrales, las prioridades y los fundamentos para
promover las acciones necesarias orientadas a convertir al Estado en el
principal garante del bien común.
Que por la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017 del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se implementó la Notificación por Medios
Electrónicos, como medio de notificación fehaciente, para todos los
procedimientos, trámites y expedientes que se gestionen en la órbita
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con idéntica eficacia jurídica y valor
probatorio que los contemplados en el Artículo 41 del Reglamento de
Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.
Que la Resolución N° 73 de fecha 9 de agosto de 2017 de la SECRETARÍA
DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó
el Reglamento para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica
- GDE, que regula el inicio, ordenamiento, registro y circulación de
documentos y comunicaciones oficiales y actuaciones administrativas
gestionadas por dicho Sistema, del cual forma parte la Plataforma de
Trámites a Distancia (TAD) aprobada por el Decreto N° 1.063 de fecha 4
de octubre de 2016.
Que el artículo 18 de la mencionada resolución contempla las
notificaciones electrónicas en el marco de los Decretos Nros. 434/16 y
1.063/16 como política general, alcanzando a las entidades y
jurisdicciones contempladas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156.
Que, en el mismo sentido, el Decreto N° 894 de fecha 1 de noviembre de
2017 realiza modificaciones al Reglamento de Procedimientos
Administrativos. Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, estableciendo, entre
otras disposiciones, que toda persona que comparezca ante una Autoridad
Administrativa mediante la Plataforma Electrónica de “TRÁMITES A
DISTANCIA” (TAD), por derecho propio o en representación de terceros,
deberá constituir un domicilio especial electrónico en el cual serán
válidas las comunicaciones y notificaciones, así como la cuenta de
usuario de la plataforma electrónica de Trámites a Distancia (TAD) será
considerada el domicilio especial electrónico constituido para aquellos
trámites que se gestionen utilizando dicha plataforma.
Que, en función de ello, con el fin de evitar la dificultad en la
interpretación del marco normativo que conlleva la convivencia de
normas referentes a un mismo objeto y con los mismos sujetos,
corresponde derogar la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017
del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Francisco Adolfo Cabrera.
e. 03/11/2017 N° 85074/17 v. 03/11/2017