MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Resolución 591-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-16445335-APN-DDYME#MP, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1.759/72 - T.O. 2017, los Decretos Nros. 434 de fecha 1 de marzo de 2016, 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016 y 894 de fecha 1 de noviembre de 2017, y la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 434 de fecha 1 de marzo de 2016 se aprobó el Plan de Modernización del Estado como el instrumento mediante el cual se definen los ejes centrales, las prioridades y los fundamentos para promover las acciones necesarias orientadas a convertir al Estado en el principal garante del bien común.

Que por la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se implementó la Notificación por Medios Electrónicos, como medio de notificación fehaciente, para todos los procedimientos, trámites y expedientes que se gestionen en la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que los contemplados en el Artículo 41 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 1991.

Que la Resolución N° 73 de fecha 9 de agosto de 2017 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó el Reglamento para el uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica - GDE, que regula el inicio, ordenamiento, registro y circulación de documentos y comunicaciones oficiales y actuaciones administrativas gestionadas por dicho Sistema, del cual forma parte la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) aprobada por el Decreto N° 1.063 de fecha 4 de octubre de 2016.

Que el artículo 18 de la mencionada resolución contempla las notificaciones electrónicas en el marco de los Decretos Nros. 434/16 y 1.063/16 como política general, alcanzando a las entidades y jurisdicciones contempladas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Que, en el mismo sentido, el Decreto N° 894 de fecha 1 de noviembre de 2017 realiza modificaciones al Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, estableciendo, entre otras disposiciones, que toda persona que comparezca ante una Autoridad Administrativa mediante la Plataforma Electrónica de “TRÁMITES A DISTANCIA” (TAD), por derecho propio o en representación de terceros, deberá constituir un domicilio especial electrónico en el cual serán válidas las comunicaciones y notificaciones, así como la cuenta de usuario de la plataforma electrónica de Trámites a Distancia (TAD) será considerada el domicilio especial electrónico constituido para aquellos trámites que se gestionen utilizando dicha plataforma.

Que, en función de ello, con el fin de evitar la dificultad en la interpretación del marco normativo que conlleva la convivencia de normas referentes a un mismo objeto y con los mismos sujetos, corresponde derogar la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Derógase la Resolución N° 354 de fecha 7 de agosto de 2017 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Francisco Adolfo Cabrera.

e. 03/11/2017 N° 85074/17 v. 03/11/2017