MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 309-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2017
VISTO el Expediente Nº EX-2017-20224132--APN-DDYME#MA del Registro del
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y la Resolución N° RESOL-2017-249-APN-MA de
fecha 6 de septiembre de 2017 del citado Ministerio, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2017-249-APN-MA de fecha 6 de
septiembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, se crea el
“Programa Cambio Rural” y se aprueba el Manual Operativo del citado
Programa conjuntamente con su Anexo, registrados con los Nros.
IF-2017-15707828- APN-SECAGYP#MA e IF-2017-15707919-APN-SECAGYP#MA,
respectivamente.
Que el principal objetivo del mencionado Programa es “promover y
facilitar la intensificación y reconversión productiva, como un medio
para mejorar la situación productiva y socioeconómica de los pequeños y
medianos productores rurales y propender al desarrollo agroindustrial
en todo el territorio nacional, a través de la asistencia técnica y
aprendizaje grupal”.
Que dicho Programa se ve atacado en su espíritu, vista la redacción del
Punto 5.1 referido a los beneficiarios del Programa, el que enuncia:
“Ser nacido en territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo”.
Que de mantenerse este requisito, no sólo se vulnera la esencia del
Programa Cambio Rural, sino que se perjudicaría a actuales
beneficiarios y posiblemente a beneficiarios futuros que el mencionado
Programa ha de incluir.
Que en esa tónica, se torna necesario modificar la redacción del citado
Punto 5.1, a partir de que el Programa Cambio Rural está estructurado
como una herramienta de inclusión y de promoción tecnológica para el
conjunto de los pequeños y medianos productores rurales.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud
de las facultades que otorgan el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero
de 2002, sus modificatorios y complementarios, y la Resolución N°
RESOL-2017-249-APN-MA de fecha 6 de septiembre de 2017 del MINISTERIO
DE AGROINDUSTRIA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase del Manual Operativo del Programa Cambio
Rural, que registrado con el N° IF-2017-15707828-APN-SECAGYP#MA fuera
aprobado por Resolución N° RESOL-2017-249-APN-MA de fecha 6 de
septiembre de 2017 del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el segundo
requisito plasmado en el Punto 5.1 “BENEFICIARIOS”, donde dice: “Ser
nacido en territorio argentino, o ser hijo de ciudadano nativo” deberá
leerse: “Realizar las actividades productivas antes citadas en el
ámbito del Territorio Argentino”.
ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ricardo Luis Negri.
e. 03/11/2017 N° 84521/17 v. 03/11/2017