Resolución 1260-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2017
VISTO el EX-2017-24486466-APN-GA#INCAA del registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), y
sus modificatorias, la Resolución INCAA N° 468 de fecha 24 de julio de
2017 y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias dispone que el
INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tendrá a su cargo el
fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en todo el
territorio de la República Argentina y en el exterior en cuanto se
refiere a la cinematografía nacional.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su
cargo ejecutar medidas de fomento tendientes a desarrollar la
cinematografía argentina formuladas por la Asamblea Federal, pudiendo a
tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de
estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario para el
logro de ese fin.
Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene bajo su
arbitrio la realización del FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE MAR DEL
PLATA.
Que en el marco del FESTIVAL INTERNACIONAL DE CINE DE MAR DEL PLATA se
ha proyectado crear FILM.AR, el cual será un nuevo espacio de industria
con el objetivo de internacionalizar el audiovisual argentino.
Que esta iniciativa nace con la vocación de convertirse en punto de
encuentro entre productores y distribuidores internacionales con
empresas de producción argentinas y con el objetivo de fomentar la
coproducción de proyectos de largometraje y documentales destinados al
mercado internacional, apostando por el talento y los altos valores de
producción.
Que en el marco de FILM.AR existen TRES (3) encuentros diseñados para
cumplir estos objetivos, los cuales se identifican con las
denominaciones: LATIN ARAB, LOBOLAB y MARDOCLAB.
Que LATIN ARAB es un evento de cooperación bi-regional en materia
audiovisual donde se propone un espacio para la promoción y gestación
de proyectos audiovisuales y de acuerdos institucionales, fomentando el
trabajo colaborativo e impulsando la apertura de mercados
internacionales antes inexplorados dirigido a proyectos en desarrollo,
en producción y en post-producción, en el marco del cual podrán
participar tanto proyectos de América Latina como de los países árabes.
Que LOBOLAB es el encuentro de coproducción internacional de
largometrajes para los distintos actores de la industria audiovisual
argentina y de los países del mundo con los que el INCAA ha firmado
acuerdos para fomentar la coproducción y negocios audiovisuales de
proyectos en fase de desarrollo.
Que MARDOC.LAB es una reunión diseñada con el objetivo de promover y
fortalecer la coproducción del cine documental argentino donde
veinticuatro (24) proyectos de documentales ganadores de la segunda
etapa del CONCURSO INCUBADORA PARA DESARROLLO DE PROYECTOS DOCUMENTALES
2017 desarrollado por el Instituto, tendrán la oportunidad de presentar
sus proyectos a Fondos Internacionales.
Que resulta conveniente que el Instituto otorgue entidad a FILM.AR y
sus TRES (3) encuentros: LATIN ARAB, LOBOLAB y MARDOC.LAB, destinando
para tal fin los recursos necesarios para garantizar el éxito de las
actividades propuestas.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Subgerencia de Producción de
Contenidos del Organismo han tomado la intervención que les compete.
Que la facultad para el dictado de la presente se encuentra prevista en
la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias y en el Decreto N°
324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la creación de FILM.AR y sus TRES (3)
encuentros destinados al fomento del cine y la industria
cinematográfica: LATIN ARAB, LOBOLAB y MARDOC.LAB en el marco del
Festival Internacional de Cine de Mar del Plata bajo la órbita de la
Subgerencia de Producción de Contenidos del INSTITUTO NACIONAL DE CINE
Y ARTES AUDIOVISUALES.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Ralph Douglas Haiek.
e. 06/11/2017 N° 84658/17 v. 06/11/2017