Resolución Sintetizada 84/2017
26/10/2017
El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha
dictado en el Expediente N° 3301-17 la Resolución ERAS N° 84 de fecha
26/10/2017, mediante la cual se aprueba la contratación directa con la
Fundacion de los Trabajadores Sanitaristas para la Formación y el
Desarrollo (FUTRASAFODE), transcribiendo a continuación los artículos:
“ARTÍCULO 1°.- Apruébase la contratación directa con la FUNDACION DE
LOS TRABAJADORES SANITARISTAS PARA LA FORMACIÓN Y EL DESARROLLO
(FUTRASAFODE) para realizar diseño, desarrollo y ejecución del Proyecto
de Investigación denominado “Relevamiento para la integración de los
Servicios Desvinculados en el área de Concesión a la empresa Agua y
Saneamientos Argentinos S. A.”, emergente del Convenio Marco suscripto
el día 10 de octubre de 2016- con dicha Fundación, ello de conformidad
con lo establecido en el Convenio Específico y sus anexos que se
adjunta como Anexo a la presente resolución, por un importe total de
PESOS TRES MILLONES CUARENTA MIL ($ 3.040.000.-), encuadrando la
presente contratación en lo dispuesto por los artículos 10.3, 11 y 14
del Reglamento de Contrataciones aprobado como Anexo I por la
Resolución ERAS N° 44/13 y modificado por Resolución ERAS N° 51/15 y
por Resolución ERAS N° 67/17.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución Sintetizada N° 66/2018
del Ente Regulador de Agua y Saneamiento B.O. 20/11/2018 se deja sin
efecto la contratación directa prevista en el artículo primero de la
presente Resolución)
ARTÍCULO 2°.- Desígnase en calidad de contraparte de la actividad
emergente del artículo 1° precedente, a los agentes: Ing. Oscar
LASCARAY (DNI 10.176.992), Ing. Fernando BALBUENA (DNI 17.951.006) y
Federico GONZALEZ (DNI 31.576.799) quienes actuarán bajo la dirección
del Asesor de Presidencia Dr. Jorge RAIS (DNI 7.668.800) a quien se
faculta para mantener la interlocución con el Coordinador General que
designe el cocontratante.
ARTÍCULO 3°.- Invítase a la AGENCIA DE PLANIFICACIÓN (APLA) a destacar
un representante entre los profesionales de su dotación, a fin de
participar en actividad descripta por el artículo 1°.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, notifíquese a los agentes designados por el
artículo 2°, remítase la invitación respectiva en orden a lo señalado
por el artículo 3°, tome intervención el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
que proseguirá con las tramitaciones correspondientes, dese a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada
y, cumplido, archívese.”
Alberto L. Monfrini, Presidente.
e. 06/11/2017 N° 84780/17 v. 06/11/2017