ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
Resolución 911-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2017
VISTO el Expediente Nº 0041258/2017 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, y el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de
noviembre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto, tramita una propuesta de
enmienda del Apéndice H – Procedimientos Generales para Helicópteros -
de la Parte 91 “Reglas de Vuelo y Operación General”, de las
REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).
Que la enmienda propiciada tiene por finalidad reglamentar las
operaciones de vuelo de helicópteros a bordo de buques o con grúas, y
actualizar requisitos reglamentarios que hacen a la seguridad de las
operaciones de vuelo en determinadas condiciones.
Que el Departamento Normas de Vuelo de la Dirección de Operaciones de
Aeronaves, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD
OPERACIONAL de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) ha
tomado la intervención de su competencia.
Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos
Internos dependiente de la Unidad de Planificación y Control de Gestión
y la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN
GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA, ambos de esta Administración
Nacional, han tomado la intervención que les compete.
Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración
Participativa de Normas establecido por el Decreto N° 1.172 de fecha 3
de diciembre de 2003.
Que dicho procedimiento brindará la posibilidad de que los sectores
interesados y toda persona, en general, puedan expresar su opinión y
propuestas respecto del proyecto elaborado.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en
los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y 1.770 de
fecha 29 de noviembre de 2007.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase abierto el procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas respecto de la enmienda del Apéndice H –
Procedimientos Generales para Helicópteros - de la Parte 91 “Reglas de
Vuelo y Operación General”, de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN
CIVIL (RAAC), que, como Anexo IF-2017-27224930-APN-ANAC#MTR, integra la
presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Se recibirán comentarios y observaciones hasta QUINCE
(15) días corridos a contar de la fecha de publicación de la presente
medida, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
AVIACIÓN CIVIL (ANAC), con domicilio en Avenida Paseo Colón N° 1.452
(C1063ADO) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en
el horario de 9 a 15 horas, indicando como referencia el número de
expediente que surge del Visto de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones
durante el plazo establecido en el artículo anterior, en el
Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de
la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta Administración
Nacional, con asiento en la Calle Azopardo N° 1.405, piso 7° de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes en el horario de 10
a 15 horas.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y
Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de
Gestión para llevar el registro de las presentaciones a que hace
referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto N° 1.172 de fecha 3 de
diciembre de 2003 y habilitase la casilla de correo
“normaer@anac.gob.ar” a los efectos de recibir los comentarios aludidos
en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación por DOS (2) días en el Boletín
Oficial, póngase a disposición de los interesados y por un plazo de
QUINCE (15) días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a
la Unidad de Planificación y Control de Gestión – Departamento
Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos para la
continuación del trámite. — Paolo Marino.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.anac.gob.ar en la
sección Normativa.
e. 09/11/2017 N° 86857/17 v. 10/11/2017