Resolución 598-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 09/11/2017
VISTO: el Expediente EX-2017-25489441-APN-DDYMDE#MM del Registro del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y los Decretos N° 13 del 10 de diciembre de
2015, 13 del 5 de enero de 2016, 434 de fecha 1º de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establecido en el Decreto Nº 13 del 10 de diciembre de
2015, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado
por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias,
compete al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre otras cuestiones, asistir
al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden
a sus competencias, en todo lo inherente a la innovación de gestión,
cómo asimismo, diseñar, proponer y coordinar las políticas de
transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del
Gobierno Nacional, su Administración central y descentralizada, y
determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas
reglamentarias en la materia.
Que mediante el Decreto 13 de fecha 5 de enero de 2016, se conformó la
estructura organizativa del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, creándose
entre otras, la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO ABIERTO
dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA,
asignándole entre sus objetivos gestionar el laboratorio de gobierno
como instrumento de propagación para un cambio cultural basado en la
apertura, la toma de decisiones basadas en la evidencia, y la
incorporación de metodologías para el diseño y desarrollo de políticas,
productos y servicios centrados en el ciudadano y coordinar los
recursos necesarios para potenciar la innovación pública y cívica, su
apertura y cultura digital.
Que, mediante el dictado del Decreto N° 434 de fecha 1º de marzo de
2016, se aprobó el Plan Nacional de Modernización del Estado,
instrumento mediante el cual se definen los ejes centrales, las
prioridades y los fundamentos para promover las acciones necesarias
orientadas a convertir al Estado en el principal garante del bien común.
Que el aludido Plan de Modernización tiene entre sus objetivos
constituir una Administración Pública al servicio del ciudadano, en un
marco de eficiencia, eficacia y calidad en la prestación de servicios,
a partir del diseño de organizaciones flexibles orientadas a la gestión
por resultados, lo que supone promover una gestión ética y
transparente, articulando la acción del sector público con el sector
privado y las organizaciones no gubernamentales.
Que, la Modernización del Estado es un proceso continuo en el tiempo
que presenta acciones concretas y específicas que buscan mejorar el
funcionamiento de las organizaciones públicas.
Que mediante el documento electrónico NO-2017-25790601-APN-MS del 27 de
octubre del año en curso, el Sr. Ministro de Salud de la Nación, le
solicitó al suscripto, en su carácter de. Ministro de Modernización, se
incluyeran, entre los objetivos y desafíos de la Hackatón “Innova”, que
desde este MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, se encontraba proyectando
llevar adelante, temáticas relacionadas al área de salud, en el
entendimiento que resultaba ampliamente beneficioso y favorable la
inclusión de esa materias, enmarcadas dentro de sus competencias
específicas, para ese organismo a su cargo.
Que, en tal contexto, a fin de conocer y conectar a los individuos
innovadores, expertos, profesionales y a todos los emprendedores que se
encuentren vinculados al sector de la salud y generar proyectos de
valor agregado, la Hackatón resulta ser un instrumento necesario para
articular y potenciar un ecosistema de salud en el marco de la
Cobertura Universal de Salud a fin de proyectar el sector hacia el
futuro y, en dicho marco, identificar oportunidades y proponer
soluciones innovadoras sobre esa temática que permitan impulsar mayor
eficiencia y mejor tecnología en los hospitales estatales, a fin de ir
reduciendo el modelo actual, basado en el uso de papel, promoviendo el
padrón único de beneficiarios, la historia clínica digitalizada, con
acceso desde cualquier punto del país, los turnos online, el
diagnóstico, monitoreo y continuidad del cuidado en enfermedades no
transmisibles en forma remota, sin necesidad de trasladarse, entre
otros.
Que, en este sentido, resulta necesario organizar una Hackatón
relacionada al área de la salud y consecuentemente, aprobar las Bases y
Condiciones de la misma, las que contendrán las disposiciones que
regularán las líneas de participación, participantes, jurado,
estructura, criterios de selección, formalidades del proceso,
calendarización, Formulario de Autorización que los padres, madres o
tutores legales de menores de edad deberán suscribir a efectos de la
inscripción y participación de aquéllos y todos los demás aspectos que
implica la realización del evento.
Que, conforme lo expuesto en los Considerandos anteriores, se estima
procedente delegar en la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO
ABIERTO el dictado de las normas reglamentarias y complementarias que
resulten necesarias para el cumplimiento de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº
438/92) y sus modificatorios
Por ello,
EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la realización de la Hackatón “INNOVA SALUD”
cuya inscripción se realizará, en forma virtual, en la URL
desafiospublicos.argentina.gob.ar, entre los días 31 de octubre y 1º de
diciembre de 2017 inclusive y, en forma presencial, los días 16 de
noviembre y 1º y 2 de diciembre del corriente año en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- La hackatón “INNOVA SALUD” tendrá los siguientes objetivos:
a. Articular y potenciar un ecosistema de salud en el marco de la
Cobertura Universal de Salud para proyectar el sector hacia el futuro;
b. En dicho marco, identificar oportunidades y proponer soluciones
innovadoras sobre esa temática que permitan impulsar mayor eficiencia y
mejor tecnología en los hospitales estatales, a fin de ir reduciendo el
modelo actual, basado en el uso de papel, promoviendo el padrón único
de beneficiarios, la historia clínica digitalizada, con acceso desde
cualquier punto del país, los turnos online, el diagnóstico, monitoreo
y continuidad del cuidado en enfermedades no transmisibles en forma
remota, sin necesidad de trasladarse, entre otros.
ARTÍCULO 3°. - Apruébanse las Bases y Condiciones de la hackatón
“INNOVA SALUD” que como ANEXO IF-2017-25813566-APN-SSIPYGA#MM, forma
parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- Desígnense como integrantes del Jurado, a Rudi Werner
BORRMANN, titular de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y GOBIERNO
ABIERTO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN, Anibal CORFONE, Secretario de Ciencia y Técnica y
Director de la Carrera de Ingeniería Industrial de la UNIVERSIDAD DE
BUENOS AIRES y Sergio Luis PROVENZANO, Decano de la FACULTAD DE
MEDICINA de la Universidad de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5°.- Delégase en la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA Y
GOBIERNO ABIERTO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN E INNOVACIÓN PÚBLICA del
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN el dictado de las normas reglamentarias y
complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la
presente medida.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL del
REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. — Andrés Horacio Ibarra.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
e. 10/11/2017 N° 87185/17 v. 10/11/2017
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)