MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Resolución 4161-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 08/11/2017

VISTO el artículo 5° del Decreto N° 1047 de fecha 29 de septiembre de 1999, la Resolución Ministerial Nº 1156 de fecha 20 de mayo de 2015, la Resolución Ministerial N° 3796 de fecha 12 de octubre de 2017, el Expediente N° EX-2017-16552713-APN-SECPU#ME, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1047/99 tuvo por finalidad articular las ofertas académicas dictadas en lugares alejados de la sede principal de la institución universitaria que las imparte, estableciendo para ello un mecanismo que permitiera la debida coordinación del sistema universitario mediante el control recíproco de sus miembros, a través de su participación en el CONSEJO DE UNIVERSIDADES como órgano encargado de dictaminar, con carácter principal.

Que la Resolución Ministerial Nº 1156/15, por la que se reglamentaron las disposiciones del citado Decreto, estableció un plazo de NOVENTA (90) días corridos desde la entrada en vigencia de la Resolución, para que todas las instituciones universitarias, Nacionales y Privadas, remitieran a este Ministerio las solicitudes de regularización de las ofertas de carreras de grado y posgrado que se dicten fuera del CONSEJO REGIONAL DE PLANIFICACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CPRES) al que pertenecen, que no contaran con el reconocimiento oficial especial previsto por el artículo 1° del Decreto N° 1047/99.

Que encontrándose vencido el plazo oportunamente otorgado, quedando pendiente la regularización de algunas ofertas de las características señaladas y ante la necesidad de contar con información fidedigna que permita efectuar una adecuada planificación de las necesidades regionales de ofertas académicas y la conveniencia de su implementación, resulta aconsejable el otorgamiento de un nuevo plazo para que las instituciones universitarias que no hayan regularizado su situación puedan hacerlo.

Que por Resolución Ministerial N° 3796/17 se estableció nueva fecha límite para la presentación de solicitudes de regularización de las carreras de grado y posgrado que se dicten fuera del CONSEJO REGIONAL DE PLANIFICACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CPRES) al que pertenece cada institución universitaria.

Que la SECRETARÍA DE POLÍTICAS UNIVERSITARIAS ha expresado la necesidad de ampliar las fechas establecidas en los artículos 1° y 2° de la Resolución Ministerial N° 3796/17, a fin de continuar evaluando las diversas necesidades regionales de las instituciones universitarias.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y lo dispuesto por el Artículo 5° del Decreto N° 1047/99.

Por ello,

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Modificar el ARTÍCULO 1° de la Resolución Ministerial N° 3796 de fecha 12 de octubre de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establecer como nueva fecha límite el día 31 de marzo de 2018 para la presentación de solicitudes de regularización de las carreras de grado y posgrado que se dicten fuera del CONSEJO REGIONAL DE PLANIFICACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CPRES) al que pertenece cada institución universitaria”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar el ARTÍCULO 2° de la Resolución Ministerial N° 3796 de fecha 12 de octubre de 2017, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establecer que aquellas ofertas académicas que se dicten fuera del respectivo CONSEJO REGIONAL DE PLANIFICACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR (CPRES), que no hayan iniciado el proceso de regularización dentro del nuevo plazo otorgado, deberán cesar su dictado a partir del 1° de enero de 2019”

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Alejandro Finocchiaro.

e. 10/11/2017 N° 87069/17 v. 10/11/2017