ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 934/2017

Modificación. Decreto Nº 357/2002.

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-02697825-APN-DGAYF#MAD, la Ley General del Ambiente N° 25.675, la Ley de Glaciares N° 26.639 y su Decreto Reglamentario N° 207/11, el Decreto N° 481 del 5 de marzo de 2003, y el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE es la Autoridad de Aplicación de la Ley General del Ambiente N° 25.675, en función de lo dispuesto por el Decreto N° 481/03.

Que la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), es un procedimiento establecido como instrumento de política y gestión ambiental en el artículo 8° de la Ley General del Ambiente N° 25.675.

Que la concentración de la competencia de evaluar el impacto ambiental de todos los proyectos que se desarrollen en la órbita de la Administración Pública Nacional en favor del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE resulta ser una lógica consecuencia derivada de las metas perseguidas con la jerarquización del área y la priorización de la política ambiental y del desarrollo sustentable como objetivo estratégico de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) es un instrumento que acompaña al desarrollo, permitiendo que éste sea sostenible al integrar aspectos ambientales y criterios de sustentabilidad en la elaboración y en la adopción de planes y programas públicos.

Que la Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) ha sido también normada en el artículo 7° de la Ley de Glaciares N° 26.639 y su Decreto Reglamentario N° 207/11.

Que resulta necesario asignar expresamente la competencia en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica que se lleven a cabo en el ámbito de la jurisdicción nacional, en favor de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL, CAMBIO CLIMÁTICO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Incorpórase al Anexo II del artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, -Objetivos-, en el apartado XXIX –MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, en la parte correspondiente a la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL, CAMBIO CLIMÁTICO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, como Objetivo 18, el siguiente: “Entender en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental y de evaluación ambiental estratégica”.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Sergio Alejandro Bergman.

e. 15/11/2017 N° 88704/17 v. 15/11/2017