MINISTERIO DE SALUD

AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS

Disposición 1-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-25183644-APN-DD#MS del registro del Sistema de Gestión de Expedientes Electrónicos, la Ley Ley N° 27.113, el Decreto Reglamentario N° 795/2015, el Decreto N° 1201/2016, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley 27.113 se creó la AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS con el objeto de promover la investigación y el desarrollo científico, tecnológico e industrial de los laboratorios de producción pública.

Que entre sus funciones se encuentra la de promover inversiones tendientes a ampliar la capacidad instalada, infraestructura y equipamientos de los laboratorios que adhieran a la referida ley.

Que resulta necesario la aprobación de un procedimiento para el trámite de proyectos de inversión que garantice el cumplimiento de dicha función.

Que el inciso i) del Artículo 8° de la Ley 27.113 atribuye al Presidente el dictado de las normas reglamentarias necesarias para el funcionamiento operativo de la ANLAP.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA ha tomado la intervención de su competencia, en virtud de lo indicado por el Señor Procurador del Tesoro de la Nación mediante IF-2017-16878225-APN-PTN de fecha 10 de agosto de 2017.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27.113, su Dto. Reglamentario N° 795/2015; y el Dto. 1.201/2016

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE LABORATORIOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Procedimiento para la presentación y aprobación de proyectos de inversión que como Anexo DI-2017-25579754-APN-ANLAP#MS forma parte integrante de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2º.- Apruébanse los formularios de presentación de Memoria Técnica y Presupuesto que como Anexo DI-2017-25421000-APN-ANLAP#MS y DI-2017-25420913-APN-ANLAP#MS, respectivamente, se integran a la presente Disposición.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación. Cumplido, archívese. — Adolfo Sánchez de León.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 16/11/2017 N° 88587/17 v. 16/11/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)