MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 110-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 13/11/2017
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-22944234 - -APN-SECMA#MM, la
Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 434 del 1º de Marzo de 2016, 561 del
6 de Abril de 2016 y 894 del 1° de Noviembre de 2017, las Resoluciones
Nros. 65 del 21 de Abril de 2016 y 466-E del 11 de Noviembre de 2016
(RESOL-2016-466-E-APN-MM) del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la
Resolución N° 3 del 21 de Abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoció la eficacia jurídica
del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y
en su artículo 48 estableció que el Estado Nacional, dentro de las
jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N°
24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que
posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas,
búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por
parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de Marzo de 2016 por el cual se aprobó el
PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempló el PLAN DE TECNOLOGÍA Y
GOBIERNO DIGITAL que propone implementar una plataforma horizontal
informática de generación de documentos y expedientes electrónicos,
registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la
administración a los fines de facilitar la gestión documental, el
acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los
plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de Abril de 2016, aprobó la implementación
del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como sistema
integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de
movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público
Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de
expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561/2016, ordenó a las entidades y
jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que
componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de
Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las
actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que el Decreto N° 894 del 1° de Noviembre de 2017, que aprobó el
Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 T.O.
2017, estableció que las autoridades administrativas actuarán de
acuerdo con los principios de sencillez y eficacia, procurando la
simplificación de los trámites, y facilitando el acceso de los
ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos y
simples por medios electrónicos.
Que el artículo 6 del citado Decreto N° 561/2016, facultó a la
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a dictar las normas complementarias, aclaratorias y
operativas necesarias para la implementación del sistema de GESTIÓN
DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) y el funcionamiento de los sistemas
informáticos de gestión documental.
Que la Resolución N° 3 del 21 de Abril de 2016 de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN aprobó la
implementación de los módulos “Comunicaciones Oficiales”, “Generador
Electrónico de Documentos Oficiales” (GEDO) y “Expediente Electrónico”
(EE), todos del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).
Que la Resolución N° 466-E del 11 de Noviembre de 2016 del MINISTERIO
DE MODERNIZACIÓN (RESOL-2016-466-E-APN-MM) estableció el cronograma de
implementación del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema de
Gestión Documental Electrónica – GDE en el MINISTERIO DE CULTURA, a
partir del 1° de Diciembre de 2016.
Que, en consecuencia, dado que la BIBLIOTECA NACIONAL “DOCTOR MARIANO
MORENO”, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES – INCAA,
el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, el
INSTITUTO NACIONAL “JUAN DOMINGO PERÓN” DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
HISTÓRICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS y el TEATRO NACIONAL CERVANTES, todos
dependientes del MINISTERIO DE CULTURA, se encuentran alcanzados por
las normas mencionadas en los considerandos precedentes, corresponde
instruir a dichos organismos para que, a partir del 4 de Diciembre de
2017, cierren la caratulación de expedientes en soporte papel, debiendo
hacerlo a través del módulo “Expediente Electrónico” (EE) del sistema
de Gestión Documental Electrónica – GDE.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado
la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 561/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Instrúyese a los siguientes organismos para que a partir
del 4 de Diciembre de 2017 cierren la caratulación de expedientes en
soporte papel, debiendo hacerlo exclusivamente a través del módulo
“Expediente Electrónico” (EE) del sistema de Gestión Documental
Electrónica – GDE.
a) BIBLIOTECA NACIONAL “DOCTOR MARIANO MORENO”, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA,
b) INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES – INCAA, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA,
c) INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA
d) FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA,
e) INSTITUTO NACIONAL “JUAN DOMINGO PERÓN” DE ESTUDIOS E
INVESTIGACIONES HISTÓRICAS, SOCIALES Y POLÍTICAS, dependiente del
MINISTERIO DE CULTURA,
f) TEATRO NACIONAL CERVANTES, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA,
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN – SIGEN.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 17/11/2017 N° 88943/17 v. 17/11/2017