SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

Resolución 63-E/2017

Apruébase estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-00456822-APN-DGA#SLYT, el Decreto N° 78 del 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, el Decreto N° 172 del 30 de enero de 2008 y el Decreto N° 823 del 13 de octubre de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 5° del Decreto N° 172/08, se modificó la estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, aprobada por el Decreto N° 78/00, incorporando la Responsabilidad Primaria y Acciones de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la citada Jurisdicción.

Que, asimismo, por el artículo 1° del Decreto N° 823/17, se facultó al titular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a aprobar, previa intervención de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

Que, a fin de mejorar la gestión del área en función de sus competencias y de la complejidad de la estructura orgánica de la Jurisdicción, resulta necesario diseñar el nivel inferior de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la incorporación que se propicia mejorará el rendimiento de los equipos y los resultados de la gestión, fortaleciendo la transparencia mediante el control interno de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para alcanzar los objetivos encomendados por la normativa vigente.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la DIRECCIÓN DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado intervención en los términos del artículo 1° del Decreto N° 823/17.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto Nº 823 de fecha 13 de octubre de 2017.

Por ello,

EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexo I (IF-2017-28106317-APN-DGA#SLYT), y Anexo II (IF-2017-28314429-APN-DGA#SLYT), forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo que se detalla en la Planilla Anexa (IF-2017-28314379-APN-DGA#SLYT) al presente artículo, que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de la Jurisdicción 20.02, Programa 20 SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Clusellas.

ANEXO I



IF-2017-28106317-APN-DGA#SLYT

ANEXO II

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

RESPONSABLE LEGAL Y DE GESTIÓN

ACCIONES:

1. Colaborar con el Auditor Interno en la formulación y control de la planificación global y anual de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, detectando eventuales desviaciones y formulando los ajustes correspondientes.

2. Reemplazar al Auditor Interno, en caso de ausencia o impedimento temporal en el ejercicio de sus funciones.

3. Establecer las prioridades de trabajo, con el objeto de cumplimentar los proyectos establecidos en el Plan Global y Anual de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA.

4. Elaborar los programas de trabajo de las auditorías relacionadas con los procesos sustantivos y de apoyo de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

5. Ejecutar los proyectos de auditorías aprobados en la planificación global y anual que contemplen aspectos legales, contables, financieros, administrativos y operativos.

6. Supervisar las tareas del equipo de auditoría interviniente en cada proyecto, verificando el cumplimiento de los respectivos programas de trabajo y la observancia de las Normas de Auditoría Interna Gubernamental y del Manual de Control Interno Gubernamental.

7. Cumplir y ejecutar las resoluciones, circulares e instructivos emitidos por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.

8. Producir las acciones de seguimiento que permitan evaluar el estado de avance sobre las observaciones y recomendaciones efectuadas que estén relacionadas con la materia.

9. Emitir opinión respecto de los Reglamentos y Manuales de Procedimientos y de sus modificaciones, en forma previa a su aprobación, constatando que posean instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior.

10. Informar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a través del Sistema Informático de Seguimiento de Recupero Patrimonial (SISREP), el estado de los procedimientos de recupero pendientes, con la periodicidad que fije la normativa aplicable a la materia

11. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público, en el ámbito de su competencia.

12. Efectuar la carga del Planeamiento Anual de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, los informes de auditoría, observaciones, medidas correctivas y conclusiones obtenidas de los informes de auditoría al Sistema de Seguimiento de Informes y Observaciones (SISIO WEB II).

IF-2017-28314429-APN-DGA#SLYT

PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA

INCORPORACIÓN

Unidad Organizativa Nivel
Responsable Legal y de Gestión III

IF-2017-28314379-APN-DGA#SLYT

e. 21/11/2017 N° 89889/17 v. 21/11/2017