SECRETARÍA
LEGAL Y TÉCNICA
Resolución 63-E/2017
Apruébase estructura organizativa.
Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2017
VISTO el Expediente N° EX-2017-00456822-APN-DGA#SLYT, el Decreto N° 78
del 20 de enero de 2000 y sus modificatorios, el Decreto N° 172 del 30
de enero de 2008 y el Decreto N° 823 del 13 de octubre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que, por el artículo 5° del Decreto N° 172/08, se modificó la
estructura organizativa de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, aprobada por el Decreto N° 78/00,
incorporando la Responsabilidad Primaria y Acciones de la UNIDAD DE
AUDITORÍA INTERNA de la citada Jurisdicción.
Que, asimismo, por el artículo 1° del Decreto N° 823/17, se facultó al
titular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
a aprobar, previa intervención de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la estructura
organizativa de segundo nivel operativo de la UNIDAD DE AUDITORÍA
INTERNA.
Que, a fin de mejorar la gestión del área en función de sus
competencias y de la complejidad de la estructura orgánica de la
Jurisdicción, resulta necesario diseñar el nivel inferior de la UNIDAD
DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN.
Que la incorporación que se propicia mejorará el rendimiento de los
equipos y los resultados de la gestión, fortaleciendo la transparencia
mediante el control interno de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para alcanzar los objetivos encomendados por
la normativa vigente.
Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado la intervención que
le compete.
Que la DIRECCIÓN DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
ha tomado intervención en los términos del artículo 1° del Decreto N°
823/17.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades conferidas
por el artículo 1° del Decreto Nº 823 de fecha 13 de octubre de 2017.
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel
operativo de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, de acuerdo al Organigrama y
Acciones que como Anexo I (IF-2017-28106317-APN-DGA#SLYT), y Anexo II
(IF-2017-28314429-APN-DGA#SLYT), forman parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 2°.- Incorpórase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el
cargo que se detalla en la Planilla Anexa
(IF-2017-28314379-APN-DGA#SLYT) al presente artículo, que forma parte
integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será imputado con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente para el corriente ejercicio, de la Jurisdicción
20.02, Programa 20 SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA – PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. — Pablo Clusellas.
ANEXO I
IF-2017-28106317-APN-DGA#SLYT
ANEXO II
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABLE LEGAL Y DE GESTIÓN
ACCIONES:
1. Colaborar con el Auditor Interno en la formulación y control de la
planificación global y anual de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA,
detectando eventuales desviaciones y formulando los ajustes
correspondientes.
2. Reemplazar al Auditor Interno, en caso de ausencia o impedimento
temporal en el ejercicio de sus funciones.
3. Establecer las prioridades de trabajo, con el objeto de cumplimentar
los proyectos establecidos en el Plan Global y Anual de la UNIDAD DE
AUDITORÍA INTERNA.
4. Elaborar los programas de trabajo de las auditorías relacionadas con
los procesos sustantivos y de apoyo de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
5. Ejecutar los proyectos de auditorías aprobados en la planificación
global y anual que contemplen aspectos legales, contables, financieros,
administrativos y operativos.
6. Supervisar las tareas del equipo de auditoría interviniente en cada
proyecto, verificando el cumplimiento de los respectivos programas de
trabajo y la observancia de las Normas de Auditoría Interna
Gubernamental y del Manual de Control Interno Gubernamental.
7. Cumplir y ejecutar las resoluciones, circulares e instructivos
emitidos por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
8. Producir las acciones de seguimiento que permitan evaluar el estado
de avance sobre las observaciones y recomendaciones efectuadas que
estén relacionadas con la materia.
9. Emitir opinión respecto de los Reglamentos y Manuales de
Procedimientos y de sus modificaciones, en forma previa a su
aprobación, constatando que posean instrumentos idóneos para el
ejercicio del control previo y posterior.
10. Informar a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a través del Sistema
Informático de Seguimiento de Recupero Patrimonial (SISREP), el estado
de los procedimientos de recupero pendientes, con la periodicidad que
fije la normativa aplicable a la materia
11. Intervenir en los trámites de consolidación del pasivo público, en
el ámbito de su competencia.
12. Efectuar la carga del Planeamiento Anual de la UNIDAD DE AUDITORÍA
INTERNA, los informes de auditoría, observaciones, medidas correctivas
y conclusiones obtenidas de los informes de auditoría al Sistema de
Seguimiento de Informes y Observaciones (SISIO WEB II).
IF-2017-28314429-APN-DGA#SLYT
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2°
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA
INCORPORACIÓN
Unidad Organizativa |
Nivel |
Responsable Legal y de Gestión |
III |
IF-2017-28314379-APN-DGA#SLYT
e. 21/11/2017 N° 89889/17 v. 21/11/2017