MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT

Resolución 22-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2017

VISTO el Expediente EX-2017-22103649-APN-SSDUYV#MI, y la Resolución N° 61 de fecha 24 de agosto de 2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución 61–E/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA faculta a esta Secretaría, a dejar sin efecto los convenios particulares suscriptos en el marco de los programas que se encuentran bajo su competencia, que tengan por objeto la ejecución de proyectos que quedaron paralizados o carecen de inicio de ejecución, y que se encuentren en tal situación con anterioridad al 1° de enero de 2015.

Que en tal sentido, la Dirección de Programas de Emergencia dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de esta Secretaría, realizó un nuevo relevamiento de convenios particulares, del cual surge la existencia de acuerdos que cumplen con las condiciones establecidas en la mencionada Resolución.

Que los referidos acuerdos se detallan en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución, donde se solicita dejar sin efecto los convenios particulares vinculados con estos acuerdos, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° de la Resolución Nº 61–E/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que la presente resolución se dicta sin perjuicio del inicio de las acciones administrativas y legales que correspondan, conforme lo establecido en el artículo 2° de la Resolución Nº 61–E/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

EL SECRETARIO DE VIVIENDA Y HÁBITAT

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dejase sin efecto los convenios particulares identificados en el Anexo I de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- Encomiéndese a la Dirección Nacional de Inspección de Obras y Control FO.NA.VI. dependiente de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA, a realizar las auditorías e informar el avance mensual a los fines de determinar las causas de la paralización o el no inicio de las obras a los efectos de iniciar las acciones administrativas y legales, de conformidad a lo establecido en el Artículo 2° de la Resolución 61–E/2016 del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA y respeto del listado de Convenios Particulares obrante en el Anexo I y los enumerados en los Anexos I de las Resoluciones 5–E/2016, 1–E/2017 y 8-E/2017 respectivamente.

ARTÍCULO 3º.- Publiquese las Resoluciones Nº 5–E/2016, Nº 1–E/2017 y Nº 8-E/2017 de la SECRETARIA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 2º de la presente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Domingo Luis Amaya.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 21/11/2017 N° 89332/17 v. 21/11/2017

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)