ACTOS DEL PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior

Ley 11.591 que autoriza a expedir pasajes a empleados u obreros desocupados

Buenos Aires, Julio 26 de 1932.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso,

etc., sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1º - Autorízase al Poder Ejecutivo para que por intermedio del Departamento Nacional del Trabajo o de las oficinas que se determinen, expida a obreros o empleados desocupados pasajes en ferrocarriles del Estado o particulares cuando lo requieran las ofertas y demandas de trabajo en zonas determinadas del país. También se podrá expedir boletos de retorno a su provincia a los obreros o empleados desocupados que se hallen en la Capital Federal.

Art. 2º - El Poder Ejecutivo gestionará de las empresas ferroviarias particulares tarifas reducidas para los obreros o empleados desocupados, a que se refiere esta Ley.

Art. 3º - Los gastos que origine el cumplimiento de la presente ley se imputarán a la partida 16, ítem 16, inciso 16, Anexo H del presupuesto para el año 1932.

Art. 4º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a 21 de Julio de 1932.

Julio A. Roca. - Juan F. Cafferata. - Gustavo Figueroa. - David Zambrano. -

Registrada bajo el Nº 11591.

Por tanto:

Téngase por ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese.

JUSTO