MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS ASISTENCIALES

Disposición 32-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2017

VISTO la Ley Nº 27.351, la Resolución 1538-E/2017, el EX-2017-15126713-APN--DD#MS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley citada en el Visto denomina electrodependientes por cuestiones de salud a aquellas personas que requieran de un suministro eléctrico constante y en niveles de tensión adecuados para poder alimentar el equipamiento médico prescrito por un médico matriculado y que resulte necesario para evitar riesgos en su vida o su salud.

Que el artículo 8º de la ley de marras impuso al Ministerio de Salud de la Nación, a través de sus organismos pertinentes, la creación del Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud.

Que el Decreto reglamentario facultó al Ministerio de Salud a dictar las normas necesarias para la aplicación de los artículos 1º y 8º de la Ley de marras.

Que la Resolución 1538-E/2017, crea el Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27.351.

Que el mencionado Registro que depende funcionalmente de la SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES y es operativizado por la DIRECCION NACIONAL DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD que depende de la misma.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 103 de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 8° de la Ley N° 23751.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Delegase en la DIRECCION NACIONAL DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD , dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES la ejecución del Registro de Electrodependientes por Cuestiones de Salud, de conformidad con lo establecido en el articulo 8º la Ley Nº 27.351.

ARTÍCULO 2º.- La DIRECCION NACIONAL DE REDES DE SERVICIOS DE SALUD emitirá el Acto Administrativo pertinente a fin de conferir o denegar la inscripción en el RECS y dara cumplimiento de los procedimientos establecidos por el anexo I de la Resolución 1538-E /2017.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Emilce Natividad Vera Benitez.

e. 30/11/2017 N° 92743/17 v. 30/11/2017