APRUEBANSE LOS EXCESOS DE INVERSIONES INCURRIDOS POR EL BANCO DE CREDITO INDUSTRIAL ARGENTINO

LEY Nº 13.981


POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de

LEY:
Sancionada: Setiembre 27 - 1950

Promulgada: Octubre  10 - 1950

ARTICULO 1º — Apruébanse los siguientes excesos sobre los créditos autorizados de las partidas que se mencionan a continuación del presupuesto de gastos fijado al Banco de Crédito Industrial Argentino para el ejercicio de 1948:




ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintisiete días del mes de Setiembre del Año del Libertador General San Martín, mil novecientos cincuenta.

J. H. QUIJANO           H. J. CAMPORA

Alberto H. Reales    L. Zavalla Carbó

— Registrada bajo el número 13.981 —

Año del Libertador General San Martín