Ley 14.479

AUMENTO DE INTEGRANTES DE LA CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.

BUENOS AIRES, 19 de septiembre de 1958



El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1. Elévase a cinco el número de jueces en la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba.

ARTICULO 2. El gasto que demande la ejecución de esta ley, hasta su inclusión en la ley de presupuesto, se hará de rentas generales con imputación a la presente.

ARTICULO 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

GUZMAN - Monjardin - Viscay - Oliver.