REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Decreto 1002/95

Ratifícase la Resolución Nº 636-95-RNP.

Bs. As., 28/12/95

VISTO la Ley Nº 17.671 y sus modificatorias, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y la Resolución Nº 636 del 20 de octubre de 1995 de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1º de la citada Ley se establece que dicho Registro mantendrá sus relaciones con el PODER EJECUTIVO NACIONAL por intermedio del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que, asimismo, por el artículo 5 inc. f de la misma, se dispuso que el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS propondrá al MINISTERIO DE DEFENSA, hoy MINISTERIO DEL INTERIOR, conforme Ley de Ministerio t.o. 1992, las tasas para el cobro de los servicios que preste el organismo.

Que resulta procedente sanear el dictado de la Resolución Nº 636/95 de la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y retrotraer sus efectos a la fecha de su dictado.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 19, inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Ratifícase en todos sus términos la Resolución Nº 636 del 20 de octubre de 1995 de la DIRECCION NACIONAL del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS cuya copia autenticada forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Carlos V. Corach.

———

NOTA: La Resolución Nº 636/95 de la Dirección nacional del Registro Nacional de las Personas, fue publicada en la edición del 14-11-95 del Boletin Oficial de la República Argentina.