Secretaría de Asuntos Registrales

SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO

Resolución 287/94

Apruébase un Acta Convenio a ser suscripta con representantes de los municipios que adhieran al mismo.

Bs. As., 27/12/94

VISTO, que por Decreto N° 2254/92, se modificó y ordenó el REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE que creó el SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos fijados en el citado ordenamiento normativo, por Decreto N° 2358/93 se creó la unidad organizativa DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO asignándole como Responsabilidad Primaria, dirigir el SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO y entre sus Acciones, suscribir e instrumentar acuerdos.

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el modelo de Acta Convenio como el documento que refleje la buena inteligencia alcanzada entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, los municipios que adhieran al mismo, los organismos públicos intervinientes, cuanto de los particulares alcanzados por el REGLAMENTO NACIONAL DE TRANSITO Y TRANSPORTE.

Que la Resolución M.J. N° 554 del 30 de abril de 1992 encomienda al titular de la SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES el desarrollo de las acciones tendientes a la puesta en funcionamiento del SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO.

EL SECRETARIO DE ASUNTOS REGISTRALES

RESUELVE:

Artículo 1°- Apruébase el modelo de ACTA CONVENIO a suscribir con los representantes de los municipios que adhieran al SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, que como ANEXO compuesto de trece (13) fojas, forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2°- Autorízase al DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO a suscribir, conjuntamente con el/los funcionario/s que él designe, las actas convenio, cuyo modelo fuera aprobado en el artículo 1° de la presente resolución.

Art. 3°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - José A. Pradelli.

NOTA: Esta Resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital Federal).