ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

Resolución N° 518/96

Adecuación de la Resolución N° 2016/93- ANA, relativa a mercaderías consideradas artículos de higiene y tocador, cosméticos y perfumes, sujetas a la intervención de la ANMAT.

Bs. As., 14/2/96

VISTO la Resolución ANA N° 2016/93 relativa a mercaderías consideradas artículos de higiene y tocador, cosméticos y perfumes, sujetas a la intervención de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA DE SALUD Y REGULACION SANITARIA, y

CONSIDERANDO:

Que, con motivo de la actualización de la Nomenclatura Común de MERCOSUR (NCM) vigente a partir del 1° de enero de 1996 y la Disposición N° 2305/95, corresponde su adecuación.

Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el artículo 23, inciso i) de la Ley 22.415.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1º - Aprobar el ANEXO I "A" de la presente que reemplaza al ANEXO I de la Resolución A.N.A. N° 2016/93.

Art. 2º - Derogar el ANEXO I de la Resolución A.N.A N° 2016/93.

Art. 3º - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial y en el Boletín de esta ADMINISTRACION NACIONAL. Remítase copia a la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (A.N.M.A.T.), a la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR- SECCION NACIONAL-, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA de la ALADI (R.O.U.) y a la SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA entre las DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL. Cumplido, archívese.- Walter Defortuna.

ANEXO I "A"

NOMINA DE SUBPARTIDAS CON AUTORIZACION DE IMPORTACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA




Nota: El original del ANEXO I fue aprobado por Resolución A.N.A N° 2016/93.

La primera modificación fue aprobada por Resolución A.N.A. N° 262/94.

Esta es la segunda modificación aprobada por Resolución A.N.A N° 518/96.