ADMINISTRACION
NACIONAL DE ADUANAS
Resolución N° 518/96
Adecuación de la Resolución N°
2016/93- ANA, relativa a mercaderías consideradas artículos de higiene
y tocador, cosméticos y perfumes, sujetas a la intervención de la ANMAT.
Bs. As., 14/2/96
VISTO la Resolución ANA N° 2016/93 relativa a mercaderías consideradas
artículos de higiene y tocador, cosméticos y perfumes, sujetas a la
intervención de la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y
TECNOLOGIA MEDICA dependiente de la SECRETARIA DE POLITICA DE SALUD Y
REGULACION SANITARIA, y
CONSIDERANDO:
Que, con motivo de la actualización de la Nomenclatura Común de
MERCOSUR (NCM) vigente a partir del 1° de enero de 1996 y la
Disposición N° 2305/95, corresponde su adecuación.
Que la presente se dicta en uso de la facultad conferida por el
artículo 23, inciso i) de la Ley 22.415.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE ADUANAS
RESUELVE:
Artículo 1º - Aprobar el ANEXO
I "A" de la presente que reemplaza al ANEXO I de la Resolución A.N.A.
N° 2016/93.
Art. 2º - Derogar el ANEXO I
de la Resolución A.N.A N° 2016/93.
Art. 3º - Regístrese.
Publíquese en el Boletín Oficial y en el Boletín de esta ADMINISTRACION
NACIONAL. Remítase copia a la ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS,
ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA (A.N.M.A.T.), a la SUBSECRETARIA DE
INGRESOS PUBLICOS, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR- SECCION
NACIONAL-, a la SECRETARIA ADMINISTRATIVA de la ALADI (R.O.U.) y a la
SECRETARIA DEL CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA MUTUA entre las
DIRECCIONES NACIONALES DE ADUANAS DE AMERICA LATINA, ESPAÑA Y PORTUGAL.
Cumplido, archívese.- Walter Defortuna.
ANEXO I "A"
NOMINA DE SUBPARTIDAS CON AUTORIZACION
DE IMPORTACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS
Y TECNOLOGIA MEDICA
Nota: El original del ANEXO I fue aprobado por Resolución A.N.A N°
2016/93.
La primera modificación fue aprobada por Resolución A.N.A. N° 262/94.
Esta es la segunda modificación aprobada por Resolución A.N.A N° 518/96.